III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2023-8414)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Lunes 3 de abril de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
8414

Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo,
por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para la ejecución
de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, regula la concesión directa de
subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de resiliencia turística para
territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, y por el que se modifican diversos reales decretos en materia turística.
La Ciudad Autónoma de Ceuta es beneficiaria de una de tales subvenciones, por
importe de 2 millones de euros, cuyas bases reguladoras complementarias se
establecen en el convenio suscrito el 30 de diciembre de 2022.
En consecuencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
de esta resolución.
Madrid, 16 de marzo de 2023.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosa Ana
Morillo Rodríguez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo y la Ciudad Autónoma de Ceuta,
para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Madrid, 30 de diciembre de 2022.

De una parte, en representación de la Administración General del Estado, doña Rosa
Ana Morillo Rodríguez, Secretaria de Estado de Turismo, nombrada por Real
Decreto 1035/2022, de 20 de diciembre, que actúa de conformidad con lo previsto en el
artículo 62.2.g) y h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público y el artículo 5.a) de la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, por la que se fijan
los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan determinadas
competencias en el ámbito del Departamento, entre ellas, la delegación de la Sra.
Ministra de Industria, Comercio y Turismo, en el titular de la Secretaría de Estado de
Turismo para celebrar convenios en su ámbito de competencia.
De otra parte, don Alejandro Ramírez Hurtado, Consejero de Fomento y Turismo,
nombrado por Decreto del Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 12 de febrero
de 2021, en virtud de las facultades que como titular de la Consejería le confiere el
artículo 17 del Reglamento del Gobierno y los Servicios de la Administración de la
Ciudad Autónoma y el Decreto de la Presidencia de 8 de octubre de 2020, por el que se
modifica la organización funcional de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Asimismo, se
encuentra habilitado para la firma de este convenio, habiendo sido autorizado para este
fin por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta de fecha 7 de
diciembre de 2021.

cve: BOE-A-2023-8414
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