II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Nombramientos. (BOE-A-2023-8326)
Decreto de 14 de marzo de 2023, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada de la Jurisdicción Civil incluida la protección de personas con discapacidad y mayores, en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de La Rioja, a doña Rosario Gutiérrez Matute.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Lunes 3 de abril de 2023

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aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará
traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime
pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del
Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (art. 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado»
(art. 62.3 RMF).
Segundo.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al
nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta del Fiscal Superior de la Fiscalía de la
comunidad autónoma está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la
propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a la Ilma. Sra. D.ª Rosario Gutiérrez Matute, Fiscal Delegada de la
Jurisdicción Civil incluida la Protección de Personas con Discapacidad y Mayores, en la
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
2. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal Sala Jefa de la
Sección Civil del Tribunal Supremo, a la Fiscal de Sala Coordinadora de los Servicios
Especializados en la Protección de las Personas con Discapacidad y al Fiscal Superior de la
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que trasladará copia del presente Decreto
a la Fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de todos los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo [art. 12.1.b) LJCA], en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la
notificación de la misma. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición
ante el Consejo Fiscal, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la
notificación de la presente resolución. En este último caso no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo, hasta que sea resuelto el recurso de reposición o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2023-8326
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 14 de marzo de 2023.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X