III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-8282)
Resolución 420/38127/2023, de 23 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para la utilización con fines docentes y de investigación del Hospital Central de la Defensa "Gómez Ulla, Centro Sanitario de Vida y Esperanza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78

Sábado 1 de abril de 2023
44.
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46.

Sec. III. Pág. 48291

Servicio de Oncología Radioterápica.
Servicio de Protección Radiológica.
Servicio de Radiodiagnóstico.

– Otros Servicios:
47. Unidad de Telemedicina.
48. Servicio de Medicina Logística y operativa.
ANEXO II
Mecanismo de financiación de las nóminas de los profesores con plaza vinculada
El coste de las retribuciones del personal con plaza vinculada, que deben ser abonadas
en nómina única por la UAH, semestralmente será financiado de la siguiente forma:
Al MINISDEF le corresponderá financiar las retribuciones básicas, incluidos los trienios
hasta el acceso a la plaza vinculada y complementarias que les correspondan a cada uno de
los efectivos que ocupen plaza vinculada, de acuerdo con el empleo militar que tengan, y el
puesto que ocupen, según lo previsto en el artículo 25.3, apartado tres, de la Ley 22/2021,
de 28 de diciembre, de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, y en el
régimen retributivo establecido en el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas
Armadas, aprobado por el Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, modificado por el
Real Decreto 789/2007, de 15 de junio, en el caso del personal militar.
A la UAH le corresponderá financiar el resto de las retribuciones que correspondan
de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, y sus
modificaciones. Asimismo financiará los trienios que puedan corresponder desde el
acceso a la plaza vinculada y la cotización al Régimen de la Seguridad Social que
proceda, distinto al Régimen Especial de las Fuerzas Armadas.
En caso de que la plaza vinculada sea ocupada por personal estatutario, lo que
establezca la normativa vigente en el resto de los hospitales de la red de asistencia
sanitaria de la Comunidad de Madrid.
ANEXO III

La UAH dotará inicialmente nueve plazas de Profesor Asociado en Ciencias de la
Salud, conforme a los Estatutos de la Universidad: 8 para Enfermería y 1 para
Fisioterapia, que deberán ser cubiertas obligatoriamente con personal de plantilla del
HCDGU-CSVE. Uno de los Profesores que ocupe una de estas plazas será nombrado
por el Decanato de la Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud, a propuesta del
vicedecano/a correspondiente como vicedecano/a adjunto de Enfermería/Fisioterapia
para el Hospital.
El número de Profesores Asociados en Ciencias de La Salud, como se establece en
la cláusula quinta, para mantener la adecuada calidad docente, se irá adaptando en
función de las necesidades, de manera que la proporción entre profesor asociado/
alumnos no supere la de 1/10.
Los profesionales que no ocupen plaza docente (Profesores Asociados en Ciencias
de la Salud), pero participen en la docencia de Enfermería y Fisioterapia, podrán recibir
la certificación de su colaboración correspondiente en horas, por el Decanato de la
Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud, a propuesta del/la vicedecano/a adjunto/a
Enfermería/Fisioterapia del hospital, con expresión de su participación.
Las plazas de Profesor Asociado en Ciencias de la Salud que se convoquen en las
distintas convocatorias tendrán el perfil que establezca el Departamento universitario
correspondiente.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Profesorado de Enfermería y Fisioterapia