III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-8302)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con la Coordinadora Estatal de VIH/SIDA-CESIDA, para el desarrollo de actividades en el marco de la prevención y control de VIH y otras ITS.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78

Sábado 1 de abril de 2023

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auto-tomas de VIH y otras ITS como parte de la cartera de servicios del Sistema
Nacional de Salud.
4. Favorecer la prevención de la infección por VIH y otras ITS mediante una
estrategia de salud pública centrada en el autocuidado y mejorar la educación sanitaria
de la población general.
5. Reducir el impacto de la epidemia de VIH en población vulnerable y reducir la
fracción no diagnosticada.
6. Garantizar el acceso igualitario a las herramientas de diagnóstico precoz de VIH,
el correcto seguimiento y derivación a los recursos asistenciales comunitarios, así como
del SNS, de personas con infección por VIH en situación de vulnerabilidad social.
7. Elaborar guías y documentos técnicos alineados con las recomendaciones
internacionales de la OMS y el ECDC, basadas en la mejor evidencia científica
disponible, y adaptadas a nuestro contexto.
8. Facilitar y coordinar la relación entre las diferentes sociedades científicas, las
ONG y las administraciones sanitarias de ámbito estatal, autonómico y municipal,
favoreciendo el trabajo multidisciplinar.
Segunda.

Actuaciones que corresponden al ministerio de sanidad.

1. Coordinará las acciones dirigidas a la difusión y seguimiento de la información
sobre las estrategias de prevención y diagnóstico precoz de VIH y otras ITS dirigidas a
población general y otras poblaciones de especial interés epidemiológico.
2. Organizará la integración y difusión de las acciones de promoción del diagnóstico
precoz del VIH y otras ITS realizadas en el marco del convenio entre las comunidades
autónomas (CCAA) y otras administraciones del Estado, Agencia Española del
Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS), Federación Española de Municipios y
Provincias (FEMP), Consejo General de Colegios Farmacéuticos, Sociedades científicas,
así como entidades públicas y privadas.
3. Elaborará y coordinará documentos técnicos sobre diagnóstico precoz de VIH y
otras ITS en colaboración con otras unidades del MS, administración central, autonómica
y municipal del Estado (cuando fuera necesario), las ONG, Sociedades científicas,
entidades públicas y privadas, y profesionales sanitarios.
4. Promoverá la mejora de la vigilancia epidemiológica de la infección por VIH y
otras ITS, con particular énfasis en la declaración de los resultados de las pruebas
rápidas realizadas en entornos comunitarios y otros entornos no sanitarios, en
colaboración con todas las entidades con competencias para la misma.
5. Trabajará de manera conjunta con las agencias reguladoras en materia de
productos sanitarios para garantizar que los productos de autodiagnóstico de VIH así
como procedimientos de auto-toma de muestras para el diagnóstico de ITS cumplen con
lo establecido en el marco regulatorio nacional sobre productos sanitarios.
6. Colaborará con las administraciones sanitarias, oficinas de farmacia y fabricantes
de productos de autodiagnóstico de VIH para incrementar la accesibilidad a estas
herramientas de diagnóstico precoz, así como colaborará en el proceso de adquisición y
supervisión de la distribución de los mismos.
7. Realizará una contribución económica por un importe total de 300.000 euros,
distribuidos según clausula cuarta, sufragándose dichos gastos con cargo a la partida
presupuestaria 26.07.313B.226.10, para realizar de manera conjunta con CESIDA las
actuaciones que se detallan en el anexo que figura a continuación del convenio.

cve: BOE-A-2023-8302
Verificable en https://www.boe.es

El Ministerio de Sanidad, a través de la Dirección General de Salud Pública (DGSP) y
la División de Control de VIH, ITS, Hepatitis virales y Tuberculosis (DCVIHT), en virtud
del convenio que se suscribe, realizará las siguientes actuaciones: