III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2023-8296)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 78

Sábado 1 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 48375

En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte del Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera:
– Formalizar cuando proceda, el ingreso en tesorería del Ayuntamiento de Jaraíz de
la Vera de los pagos por matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor. La
cantidad mínima establecida con Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera ascenderá a 48
euros y un máximo de 200.000 euros, ingresados en el presupuesto del Ayuntamiento de
Jaraíz de la Vera en las aplicaciones presupuestarias 42004.
– Asumir, cuando proceda, la compensación económica de los tutores recogida en el
acuerdo de colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y
Formación Profesional, en concepto de impartición de cursos, realizando la retención en
concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la
recaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en cinco periodos anuales
en base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional. Este cargo será como mínimo de 48 euros y un máximo de 150.000
euros/año, que será imputado al presupuesto de gastos Ayuntamiento de Jaraíz de la
Vera en la aplicación presupuestaria 42004. Si durante un periodo no se formalizara
ningún ingreso en concepto de matriculación, el cargo mínimo será 0 euros.
– Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo
de 100 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera, derivado de los ingresos de la matrícula.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para asumir
las tareas de la administración del Aula, del contrato del responsable o administrador del
Aula Mentor del Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera que implicará una cantidad mínima
de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima
de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal Ayuntamiento
de Jaraíz de la Vera.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para las
tareas de información y orientación a la ciudadanía, del contrato del responsable de la
atención en tareas de información y orientación profesional del Aula Mentor del
Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al
año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 24.500
euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal Ayuntamiento de Jaraíz
de la Vera.
– Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la
Vida la información de Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera necesaria para elaborar la
memoria anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la económica.

– Remitir, cuando proceda, cinco informes económicos anuales Ayuntamiento de
Jaraíz de la Vera indicando el número de alumnado tutorizado en ese periodo, para que
dicha entidad proceda al pago de los costes tutoriales correspondientes.
– En el caso de Aulas Mentor con atención directa a la ciudadanía en tareas de
información y orientación profesional, remitir un informe anual de personas atendidas, de
personas inscritas en los procedimientos de acreditación de competencias profesionales,
así como el tipo de información y orientación requerida, de acuerdo al modelo de informe
normalizado.
Cuarta.

Duración del convenio.

El presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal al que se refiere la disposición

cve: BOE-A-2023-8296
Verificable en https://www.boe.es

Por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida: