III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-8199)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Planta Solar OPDE 27, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica "Los Silos", de 50,1 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Almenara de Adaja, Bocigas y Olmedo (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 31 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 47554

– Potencia total de inversores: 42,5 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 42,5 MW. En consecuencia, la potencia
máxima que se podrá evacuar será de 42,5 MW.
– Términos municipales afectados: Almenara de Adaja, en la provincia de Valladolid.
Las infraestructuras de evacuación recogidas en los documentos «Anteproyecto
modificado Parque Fotovoltaico Los Silos 42,5 MW/50,1 MWp», fechado en noviembre
de 2020, en el «Anteproyecto SET Bahlsen 132/30 kV», fechado en agosto de 2020, en
el «Anteproyecto Línea 132 kV SET Bahlsen–SET María Castro», fechado en septiembre
de 2020, en el «Proyecto de Ejecución Subestación Transformadora 132/30 kV María
Castro en el tt.mm. de Bocigas, provincia de Valladolid», fechado en septiembre de 2020,
en el «Proyecto de Ejecución Línea eléctrica 132 kV SET María Castro–SET Olmedo
Renovables 400 kV en los tt.mm. de Bocigas y Olmedo, provincia de Valladolid», fechado
en septiembre de 2020, en el «Proyecto para Autorización Administrativa de
Construcción, subestación Olmedo Renovables 400 kV», fechado en abril de 2021 y en
el «Proyecto para Autorización Administrativa Previa, línea aérea-subterránea de
evacuación de la SET Olmedo Renovables 400 kV», fechado en abril de 2021, se
componen de:
– Líneas subterráneas a 30 kV, que tienen como origen los centros de
transformación de la instalación de la planta fotovoltaica FV Los Silos, discurriendo hasta
las celdas ubicadas en la subestación «SET Bahlsen 132/30 kV», por el término
municipal de Almenara de Adaja, provincia de Valladolid.
– Subestación eléctrica «SET Bahlsen 132/30 kV», ubicada en Almenara de Adaja,
provincia de Valladolid.
– Línea eléctrica a 132 kV, que tiene como origen la subestación «SET Bahlsen 132/30
kV» y finalizará en la subestación colectora «SET María Castro 132/30 kV». La línea se
plantea aérea, simple circuito, simplex y con una longitud de 5.190 m, atravesando los
términos municipales de Adaja y Bocigas, en la provincia de Valladolid.
– Subestación eléctrica colectora «SET María Castro 132/30 kV», ubicada en
Bocigas, provincia de Valladolid.
– Línea eléctrica a 132 kV, que tiene como origen la subestación «SET María
Castro 132/30 kV» y finalizará en la subestación colectora «SET Olmedo
Renovables 400 kV». La línea se plantea aérea, simple circuito, dúplex y con una
longitud de 7.862 m, atravesando los términos municipales de Bocigas y Olmedo, en la
provincia de Valladolid.
– Subestación eléctrica colectora «SET Olmedo Renovables 400 kV», ubicada en
Olmedo, provincia de Valladolid.
– Línea eléctrica aéreo-subterránea a 400 kV, que tiene como origen la subestación
«SET Olmedo Renovables 400 kV» y finalizará en la subestación de REE «SET
Olmedo 400 kV». Cuenta con un tramo aéreo, en simple circuito, dúplex, y con una
longitud de 568 m, y un tramo subterráneo, en simple circuito, simplex, y con una
longitud de 250 m. Discurre por el término municipal de Olmedo, en la provincia de
Valladolid.
No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido
de la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá
atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto
ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de
evacuación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones
de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento
de todas las condiciones establecidas en el citado artículo. Será necesario obtener
autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y

cve: BOE-A-2023-8199
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Núm. 77