III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Bienes muebles. Financiación. (BOE-A-2023-8155)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Publica, por la que se aprueba el modelo de contrato de financiación a comprador de bienes muebles, con letras de identificación F-DT, y sus anexos, para ser utilizado por Daimler Truck Financial Services España EFC, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Viernes 31 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 46757

Hoja Nº [CAMPO] de
[CAMPO]

Servicios Accesorios
Seguro Todo Riesgo del Objeto
(condicionante)
Otros seguros (no condicionante)

Euros

Importe total adeudado

Euros

Euros

Otras Comisiones:
Modificación de contrato o sus garantías

Euros

Cancelación anticipada

Ver Condición General 8ª

Otros costes

Ver Condiciones Generales 12ª y 25ª

El Prestatario reconoce deber al Financiador la cantidad de Euros [CAMPO] que se pagará en plazos, conforme al plan de amortización, mediante recibos
que se domicilian en la Entidad.

TASA ANUAL
EQUIVALENTE T.A.E.

[CAMPO]%
según Condición General 14ª

INTERESES DE DEMORA
a fecha de formalización del contrato

[CAMPO]%

Importe de interés diario a efectos del
desistimiento:

El derecho de desistimiento queda excluido –según Condición General 10ª- de conformidad con el art- 9.4
de la Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles.)

Tipo máximo del interés variable a efectos
de terceros

[CAMPO]%

El/los Fiador/es

El Financiador
DAIMLER TRUCK FINANCIAL SERVICES ESPAÑA, E.F.C,
S.A.U

Daimler Truck Financial Services España E.F.C., S.A. (Sociedad Unipersonal) Domicilio Social: Avda. Bruselas, 30. 28108 Alcobendas,
(Madrid) Registro Mercantil de Madrid Tomo 43420, Folio 176, Sección 8ª, Hoja M-766924, inscripción 3ª.
Teléfono Atención al Cliente: +34 91 721 45 55
Registro del Banco de España nº 8842 CIF: A67666354
El reverso de la presente hoja no es apto para su utilización.

cve: BOE-A-2023-8155
Verificable en https://www.boe.es

El/Prestatario/s

(el referido interés sólo será válido hasta su próxima revisión según Condición General 11ª y 15ª).