III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-8194)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valladolid, para la realización de prácticas externas por parte de los estudiantes en la Delegación del Gobierno en Castilla y León y en las Subdelegaciones del Gobierno en Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Viernes 31 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 47507

Con carácter previo al inicio de las prácticas, la Universidad comunicará a la
Delegación del Gobierno en Castilla y León y/o a las Subdelegaciones del Gobierno en
Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora, su
previsión, en cuanto al número de alumnos, las áreas de actividad del anexo III en las
que los alumnos desarrollarán las prácticas en el respectivo curso académico, así como
calendario y horarios de las prácticas. En todo caso, el número máximo de estudiantes
que participarán en el proyecto formativo no podrá ser superior a 10 personas por curso
académico en cada Delegación/Subdelegación del Gobierno.
En el plazo de quince días naturales desde la recepción de dicha previsión, los
responsables de la Delegación/Subdelegación del Gobierno, deberán, de forma expresa,
dar su conformidad a la misma o proponer las adaptaciones que estimen convenientes
para el correcto desarrollo de las prácticas.
Cuarta.

Tutores.

La Universidad de Valladolid designará un tutor académico responsable del correcto
desarrollo académico de cada una de las prácticas externas derivadas de este Convenio,
que será preferentemente un profesor de la facultad o escuela en la que se encuentre
matriculado el estudiante y, en todo caso, afín a la enseñanza a la que se vincula la
práctica. Al tutor de la Universidad le corresponderán las obligaciones que se
contemplan en el artículo 12.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y en particular:
– El seguimiento y supervisión de las prácticas, resolviendo las posibles dudas de
tipo académico que se pudieran plantear.
– El seguimiento del programa formativo desarrollado por el estudiante para verificar
su correcto aprovechamiento.
Asimismo, la Delegación del Gobierno en Castilla y León y/o la Subdelegación del
Gobierno designará un tutor que será una persona vinculada a la misma, con experiencia
profesional y conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva, y será
interlocutor con el estudiante, el tutor académico y la unidad de prácticas externas. Al
tutor de la Delegación del Gobierno y/o la Subdelegación del Gobierno le corresponderán
las obligaciones que se contemplan en el artículo 11.2 del Real Decreto 592/2014, de 11
de julio, y en particular:
– Fijar el plan de trabajo del estudiante.
– Orientar y ayudar al estudiante en sus dudas y dificultades durante su estancia en
la Delegación/Subdelegación del Gobierno.
– Realizar el informe correspondiente de evaluación del desarrollo de la práctica final
de la misma.
– Las partes podrán encomendar otras funciones tanto al tutor de la Administración
como al tutor académico de la Universidad, responsabilizándose los tutores del
seguimiento del proyecto formativo.

Los estudiantes participantes en el programa de prácticas, deberán cumplir las
obligaciones previstas en el artículo 9.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y en
particular las siguientes:
a) Iniciar la práctica en la fecha y condiciones acordadas.
b) Cumplir los horarios y seguir las normas fijadas.
c) Realizar con diligencia y aprovechamiento las actividades de las prácticas, de
acuerdo con el programa y condiciones específicas aprobadas.
d) Comunicar al tutor de la Delegación/Subdelegación del Gobierno cualquier
incidencia que afecte al desarrollo de la práctica formativa.

cve: BOE-A-2023-8194
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Obligaciones que asumirán los estudiantes participantes en el programa de
prácticas.