V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE DEFENSA. (BOE-B-2023-9360)
Extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2023 de la Subsecretaría de Defensa, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas para el año 2023
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 77

Viernes 31 de marzo de 2023

Sec. V-B. Pág. 14759

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MINISTERIO DE DEFENSA

9360

Extracto de la Resolución de 27 de marzo de 2023 de la Subsecretaría
de Defensa, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a
las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas
para el año 2023

BDNS(Identif.):684926
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
684926)
Primero. Beneficiarios:
Podrán obtener la condición de beneficiario:
Las asociaciones profesionales de los miembros de las Fuerzas Armadas con
representación en el COPERFAS, según certificación del Secretario Permanente
del COPERFAS y que cumplan con las obligaciones contenidas en el artículo 14
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los beneficiarios no deberán encontrarse incursos en alguna de las
circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
cuya justificación deberá realizarse de acuerdo con lo establecido en el artículo
13.7 de la citada Ley.
Segundo. Finalidad:
Esta resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para la concesión de
subvenciones a fin de apoyar económicamente a aquellas asociaciones
profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas que cuenten con
representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas (COPERFAS).
Su finalidad cosiste en facilitar a aquellas asociaciones profesionales de
miembros de las Fuerzas Armadas con representación en el COPERFAS el
ejercicio de los derechos que, en materia de intereses profesionales, económicos y
sociales de sus asociados, les confiere el artículo 40.1 de la Ley Orgánica 9/2011,
de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.
Tercero. Bases reguladoras.

Cuarto. Importe.
Las subvenciones que se concedan en virtud de esta convocatoria se
financiarán a través del presupuesto de gastos del Ministerio de Defensa, con
cargo a la aplicación 14.01.121M2.485.05 ("Asociaciones militares profesionales"),
por un importe de 100.000,00 euros cuya distribución se realizará de conformidad
con los criterios establecidos en el artículo 8 de las bases reguladoras y se

cve: BOE-B-2023-9360
Verificable en https://www.boe.es

Aprobadas por Orden DEF/670/2022, de 7 de julio (B.O.E. núm.171, de 18 de
julio de 2022).