III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-8099)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas, F.S.P., para la implementación de las actividades a desarrollar en el marco del proyecto EMPACT cocaína heroína cannabis, año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76
Jueves 30 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 46374
La duración de dicha prórroga no podrá exceder de un (1) año respecto de la fecha
establecida inicialmente.
Duodécima.
Causas de extinción.
Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, además de la causa específica prevista en la cláusula
octava.
Decimotercera.
Régimen de modificación del convenio.
Para la modificación de este convenio se requerirá acuerdo unánime de los
firmantes.
Decimocuarta.
Deber de confidencialidad.
Las partes deben guardar confidencialidad respecto a toda la información a la que
tenga acceso sobre la FIIAPP F.S.P. y el CITCO, en relación con las materias objeto de
este convenio, sin que ningún pretexto pueda utilizarla para sí ni para otra persona, firma
o entidad.
Lo anteriormente previsto para las partes será de aplicación al personal tanto propio
como subcontratado que pueda intervenir en el desarrollo y ejecución del presente
convenio.
El deber de confidencialidad subsistirá aún después de finalizada la vigencia del
presente convenio.
Decimoquinta.
Régimen de protección de datos de carácter personal.
La FIIAPP F.S.P. será responsable de los datos que recabe para el cumplimiento del
objeto del presente convenio, debiendo cumplir las especificaciones del Reglamento
(UE) 2016/679, de 27 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo, Reglamento
General de Protección de Datos, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como toda
la normativa vigente sobre la materia.
cve: BOE-A-2023-8099
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio
en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha de la firma
electrónica.–El Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.–La Directora
General la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas
Públicas, Anna Terrón Cusí.
Núm. 76
Jueves 30 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 46374
La duración de dicha prórroga no podrá exceder de un (1) año respecto de la fecha
establecida inicialmente.
Duodécima.
Causas de extinción.
Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, además de la causa específica prevista en la cláusula
octava.
Decimotercera.
Régimen de modificación del convenio.
Para la modificación de este convenio se requerirá acuerdo unánime de los
firmantes.
Decimocuarta.
Deber de confidencialidad.
Las partes deben guardar confidencialidad respecto a toda la información a la que
tenga acceso sobre la FIIAPP F.S.P. y el CITCO, en relación con las materias objeto de
este convenio, sin que ningún pretexto pueda utilizarla para sí ni para otra persona, firma
o entidad.
Lo anteriormente previsto para las partes será de aplicación al personal tanto propio
como subcontratado que pueda intervenir en el desarrollo y ejecución del presente
convenio.
El deber de confidencialidad subsistirá aún después de finalizada la vigencia del
presente convenio.
Decimoquinta.
Régimen de protección de datos de carácter personal.
La FIIAPP F.S.P. será responsable de los datos que recabe para el cumplimiento del
objeto del presente convenio, debiendo cumplir las especificaciones del Reglamento
(UE) 2016/679, de 27 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo, Reglamento
General de Protección de Datos, y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como toda
la normativa vigente sobre la materia.
cve: BOE-A-2023-8099
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio
en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha de la firma
electrónica.–El Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.–La Directora
General la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas
Públicas, Anna Terrón Cusí.