III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-8099)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas, F.S.P., para la implementación de las actividades a desarrollar en el marco del proyecto EMPACT cocaína heroína cannabis, año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Jueves 30 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 46370

Séptimo.
La subvención tendrá una cantidad máxima de 199.905,38 euros ciento noventa y
nueve mil novecientos cinco euros con treinta y ocho céntimos.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto de este Convenio es mejorar la implementación de las actividades a
desarrollar en el proyecto CHC/01/2023/EMPACT, financiado por EUROPOL y liderado
por el CITCO, constituyendo la base de las relaciones de colaboración entre las Partes
respecto de su participación en el citado proyecto.
Segunda. Compromisos de las Partes.
Las Partes y su personal respectivo colaborarán en todo cuanto resulte necesario
para el adecuado desarrollo y finalización de los Proyectos en los que exista dicha
colaboración.
Compromisos del CITCO.

1. Preparar las propuestas de actividades de acuerdo a lo estipulado en el acuerdo
suscrito con EUROPOL.
2. Seleccionar a los expertos a corto y medio plazo así como a los participantes que
tomarán parte en los Proyectos por parte del CITCO así como de las demás
administraciones beneficiarias, de los associate partners y de terceros, tal como se
definen en el Contrato suscrito entre EUROPOL y CITCO (en adelante, los Expertos), así
como realizar las sustituciones que sean necesarias a lo largo de la ejecución de cada
uno de los proyectos, preparando, en caso de que sea necesario, las adendas de
ampliación necesarias para introducir estos nuevos Expertos o nuevas actividades. Estas
modificaciones serán supervisadas por la FIIAPP F.S.P. antes de su remisión a los
organismos correspondientes.
3. Coordinar y buscar el apoyo necesario para reforzar el grupo de expertos y
fortalecer la propuesta, y prestar la asistencia necesaria a la FIIAPP F.S.P. y a los
expertos que participen en el proyecto.
4. Realizar, con el apoyo y el conocimiento de la FIIAPP F.S.P., y en los términos
que la ley autorice, los informes técnicos, su envío a los organismos correspondientes y
gestionar de manera apropiada las comunicaciones con EUROPOL y con las
administraciones de los países beneficiarios correspondiente en cada Proyecto.
5. Supervisar la implementación de las actividades con el apoyo técnico y logístico
de la FIIAPP F.S.P.
6. Recibir la financiación de EUROPOL y otros pagos del proyecto en la cuenta
asignada del Tesoro Público en el Banco de España.
7. Proponer e impulsar la transferencia a la FIIAPP F.S.P. de los fondos necesarios
para la ejecución de las actividades a desarrollar, siempre que sean acordes con sus
fines fundacionales, bajo el contrato suscrito entre CITCO y EUROPOL.
Cuarta.

Compromisos de la FIIAPP F.S.P.

1. Implementar las actividades descritas por el contrato suscrito entre EUROPOL
y CITCO, de acuerdo con los fines fundacionales de la FIIAPP F.S.P. y bajo la
supervisión del CITCO.

cve: BOE-A-2023-8099
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.