II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-8082)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Universidad de Vigo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
35 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 46255

También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge,
de las personas con nacionalidad española y de quien sea nacional de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores
de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último
beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados
cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España.
Igualmente podrán participar las personas de nacionalidad extranjera no comunitaria,
cuando se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 del RDCA.
b) Tener cumplido los dieciséis años de edad y no haber superado los setenta.
c) Estar en posesión de la titulación de doctor o doctora. En el caso de títulos
obtenidos en el extranjero, deberá adjuntarse credencial que acredite su homologación o
su reconocimiento para el ejercicio como docente de universidad.
d) Estar acreditado/a para el Cuerpo Docente de Profesores o Profesoras Titulares
de Universidad conforme a los establecido en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de
octubre, modificado por el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo.
Se considera que posee la acreditación regulada en el Real Decreto 1312/2007, de 5
de octubre, el profesorado habilitado conforme a lo establecido en el Real
Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional
para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los
concursos de acceso respectivos.
e) Haber abonado las tasas por derechos de examen dentro del plazo de
presentación de solicitudes.
f) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de
ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas. Quien sea aspirante de nacionalidad distinta a la española deberá acreditar no
estar bajo sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la
función pública.
g) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
correspondientes a la plaza.
h) Estar en el marco o haber finalizado el Programa Ramón y Cajal o el programa
de excelencia nacional o internacional como investigador doctor o investigadora doctora
y disponer del certificado I3, tal como se establece en la Resolución de 4 de noviembre
de 2020 (BOE del 10/11/2020) de la Secretaria General de Universidades, en las plazas
que se indique en el anexo I.
i) Las personas aspirantes que tengan reconocida legalmente una discapacidad
igual o superior al 33%, deberán aportar fotocopia del certificado en vigor que acredite el
reconocimiento de la discapacidad de que se trate. En caso de precisar alguna
adaptación y al objeto de que se pueda garantizar la igualdad de oportunidades de las
personas con discapacidad y poder adoptar las medidas oportunas, se acompañará a la
solicitud de participación en el concurso un escrito solicitando las adaptaciones de
tiempo y medios correspondientes. Los aspirantes a los que se refiere el presente
párrafo, que no soliciten las adaptaciones en el momento de presentar la solicitud de
participación al concurso, se entenderá que no las precisan o que renuncian a ellas, sin
que pueda plantear solicitud de las mismas en ningún otro momento posterior del
procedimiento.
A la vista de la propuesta de adaptación efectuadas, la comisión, determinará las
medidas de adaptación a las necesidades de las personas con discapacidad que hayan
sido admitidas al concurso y así lo hayan solicitado.
2.2 De conformidad con el artículo 9.4 del RDCA y el artículo 65.2 de la LOU no
podrá participar en este concurso quien ocupe una plaza de cuerpos docentes
universitarios en esta o en otra universidad, obtenida mediante concurso de acceso,
salvo que se haya producido el desempeño efectivo de la misma durante al menos dos
años.

cve: BOE-A-2023-8082
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 76