III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Mercado de valores. (BOE-A-2023-8112)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica la sanción por infracción muy grave impuesta a don Bricio Jesús Valera López.
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Núm. 76

Jueves 30 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
8112

Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, por la que se publica la sanción por infracción muy grave impuesta a
don Bricio Jesús Valera López.

Siendo firme en vía administrativa la sanción impuesta a don Bricio Jesús Valera
López por la comisión de una infracción muy grave del artículo 282.16 de la Ley del
Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015,
de 23 de octubre, en relación con el artículo 14 del Reglamento (UE) número 596/2014,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso del
mercado, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 313 quater del
texto refundido citado, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores, de 22 de diciembre de 2022, que, tras la
exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:
– Imponer a don Bricio Jesús Valera López, por la comisión de una infracción muy
grave tipificada en el artículo 282.16 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el
artículo 14 del Reglamento (UE) número 596/2014, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el abuso del mercado, por la adquisición de 700
acciones de Masmovil Ibercom, SA, el 27 de septiembre de 2019 estando en posesión
de información privilegiada relativa al acuerdo global firmado por dicha sociedad con
Orange Espagne, SAU, y comunicado al mercado mediante hecho relevante de 1 de
octubre de 2019, una multa por importe de 15.000 euros (quince mil euros).
La resolución que impone la sanción antes citada es firme en vía administrativa,
siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de la Audiencia Nacional.

cve: BOE-A-2023-8112
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 17 de marzo de 2023.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado
de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X