V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. (BOE-B-2023-9296)
Anuncio de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por el que se procede a hacer pública la Resolución de fecha 23 de marzo de 2023, por la que se determinan los operadores obligados a contribuir al Fondo Nacional del Servicio Universal de Comunicaciones Electrónicas por el ejercicio 2019 (SU/DTSA/009/22).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Jueves 30 de marzo de 2023

Sec. V-B. Pág. 14636

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA

9296

Anuncio de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por
el que se procede a hacer pública la Resolución de fecha 23 de marzo
de 2023, por la que se determinan los operadores obligados a contribuir
al Fondo Nacional de l Se rvicio Unive rsal de Comunicacione s
Ele ctrónicas por e l e je rcicio 2019 (SU/DTSA/009/22).

De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en relación con el artículo 51.4 b) del Reglamento sobre condiciones para
la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el Servicio Universal y
la protección de los usuarios, aprobado mediante Real Decreto 424/2005, de 15 de
abril, se procede a publicar por esta vía un extracto del acto, de fecha 23 de marzo,
por el que el Consejo de esta Comisión ha resuelto, en relación con el expediente
SU/DTSA/009/22, lo siguiente:
Primero.- Los operadores obligados a contribuir al Fondo Nacional del Servicio
Universal para el ejercicio 2019 así como sus contribuciones son (en euros):
Contribución al FNSU 2019
1.789.241
1.275.706
1.152.312
912.476
358.018
351.559
283.936
99.207
92.439
89.073
86.529
82.309
77.705
47.190
46.572
43.901
42.544
32.643
30.194
6.893.554

%
25,96%
18,51%
16,72%
13,24%
5,19%
5,10%
4,12%
1,44%
1,34%
1,29%
1,26%
1,19%
1,13%
0,68%
0,68%
0,64%
0,62%
0,47%
0,44%
100,00%

Segundo.- Orange Espagne, S.A.U., Telefónica Móviles España, S.A.U.,
Vodafone España, S.A.U. (en nombre propio y en nombre de Vodafone Enabler
España, S.L.), Xfera Móviles, S.A.U. (en nombre propio y en nombre de
Lycamobile, S.L.U.), Vodafone Ono, S.A.U., Orange España Comunicaciones
Fijas, S.L.U., Xtra Telecom, S.A.U., R Cable y Telecable Telecomunicaciones,
S.A.U., Euskaltel, S.A., MasMovil Broadband, S.A.U., Retevisión I, S.A.U., Evolutio
Cloud Enabler, S.A.U., Digi Spain Telecom, S.L., Pepemobile, S.L., Red Eléctrica
Infraestructuras de Telecomunicación, S.A. y Orange España Virtual, S.L.U.
deberán ingresar las cantidades señaladas en el resuelve primero, en el plazo de
un mes desde la notificación de la presente resolución, en la cuenta bancaria
indicada a tal efecto. Una vez efectuado el ingreso, cada uno de los operadores

cve: BOE-B-2023-9296
Verificable en https://www.boe.es

Operador
TELEFÓNICA
ORANGE ESPAGNE
TELEFÓNICA MÓVILES
VODAFONE ESPAÑA
XFERA MÓVILES
VODAFONE ONO
OSFI
XTRA TELECOM
R CABLE Y TELECABLE
EUSKALTEL
MASMOVIL BROADBAND
RETEVISIÓN I
EVOLUTIO
DIGI SPAIN
PEPEMOBILE
VDF ENABLER
REINTEL
LYCAMOBILE
OEV
TOTAL