III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energías renovables. (BOE-A-2023-8031)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se inscriben en el Registro electrónico del régimen económico de energías renovables en estado de preasignación solicitudes relativas a la subasta celebrada el 22 de noviembre de 2022, para el otorgamiento del régimen económico de energías renovables, al amparo de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Miércoles 29 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45944

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
8031

Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se inscriben en el Registro electrónico del
régimen económico de energías renovables en estado de preasignación
solicitudes relativas a la subasta celebrada el 22 de noviembre de 2022, para
el otorgamiento del régimen económico de energías renovables, al amparo
de lo dispuesto en la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, expone los siguientes Fundamentos
Jurídicos que motivan la presente resolución:
Primero.
El Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, por el que se regula el régimen económico
de energías renovables para instalaciones de producción de energía eléctrica, establece un
marco retributivo para la generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía
renovables, denominado régimen económico de energías renovables.
Conforme establece el artículo 4 del citado real decreto, mediante orden ministerial se
regulará el mecanismo de subasta para el otorgamiento del régimen económico de energías
renovables y las características de dicho régimen económico, pudiendo incluir, entre otros
aspectos, las tecnologías, condiciones y garantías para participar en la subasta, el producto a
subastar, así como los parámetros y el resto de elementos que configuran y concretan el
régimen económico de energías renovables. Las subastas serán convocadas mediante
resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía.
En virtud de lo anterior, se aprobó la Orden TED/1161/2020, de 4 de diciembre, por la
que se regula el primer mecanismo de subasta para el otorgamiento del régimen
económico de energías renovables y se establece el calendario indicativo para el
periodo 2020-2025, y se dictó la Resolución de la Secretaría de Estado de Energía, de 2
de agosto de 2022, por la que se convoca la cuarta subasta para el otorgamiento del
régimen económico de energías renovables al amparo de lo dispuesto en la Orden
TED/1161/2020, de 4 de diciembre.

En virtud del artículo 24 del Real Decreto 960/2020, de 3 de noviembre, se crea el
Registro electrónico del régimen económico de energías renovables, cuyo objeto es el
otorgamiento y adecuado seguimiento del régimen económico de energías renovables.
Dicho artículo prevé que las inscripciones en dicho registro se realizarán en uno de los
siguientes dos estados: estado de preasignación o estado de explotación.
La resolución de inscripción en el registro en estado de preasignación otorgará al
titular el derecho a la percepción del régimen económico de energías renovables
condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos en el citado real decreto y en
su normativa de desarrollo.
Tercero.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden TED/1161/2020, de 4 de
diciembre, los adjudicatarios de la subasta dispondrán de un plazo de dos meses desde

cve: BOE-A-2023-8031
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.