III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Estudios universitarios. (BOE-A-2023-8041)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Universidades, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada de la Conferencia General de Política Universitaria, por el que se determinan las fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso académico 2023-2024.
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Núm. 75

Miércoles 29 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
8041

Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General de
Universidades, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada de
la Conferencia General de Política Universitaria, por el que se determinan las
fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de
inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el curso
académico 2023-2024.

El artículo 7 del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la
normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias
oficiales de Grado, dispone que «La Conferencia General de Política Universitaria, en
función de las fechas fijadas para la realización de la evaluación final de Bachillerato,
fijará los plazos mínimos de preinscripción y matriculación en las universidades públicas
para permitir a los estudiantes concurrir a la oferta de todas las universidades. La
decisión adoptada por la Conferencia General de Política Universitaria será publicada en
el «Boletín Oficial del Estado».
En virtud de lo anterior, la Conferencia General de Política Universitaria, a través de
su Comisión Delegada, en la sesión del día 21 de febrero de 2023, ha acordado las
siguientes fechas límite de preinscripción, de publicación de las listas de admisión y de
inicio del período de matriculación en las universidades públicas para el
curso 2023-2024:
– Período para la preinscripción: deberá estar abierto, como mínimo, hasta el 30 de
junio de 2023, inclusive.
Por lo que se refiere a los estudiantes que accedan a la universidad por la vía
prevista en el artículo 9.1.b) y 9.2.b) y c) del citado Real Decreto 412/2014, de 6 de junio,
dicho período deberá estar abierto hasta el 10 de julio de 2023, inclusive. No obstante,
las solicitudes presentadas entre el 11 y el 31 de julio de 2023 por los estudiantes
pertenecientes a estos colectivos serán tenidas en cuenta, respetándose los derechos de
admisión de dichos estudiantes.
– Fecha para la publicación de la lista de admitidos: hasta el 17 de julio de 2023.
– Período de matriculación: deberá estar abierto desde la fecha de publicación de
las listas de admitidos.

cve: BOE-A-2023-8041
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 10 de marzo de 2023.–El Secretario General de Universidades, José Manuel
Pingarrón Carrazón.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X