III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-7927)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Arbo, para la ejecución, entrega, mantenimiento y conservación de las obras del proyecto de construcción de una escala de peces en el azud de San Xoán en el río Deva, en el T.M. De Arbo (Pontevedra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Martes 28 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45573

Octava. Obligaciones y facultades de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
Le corresponden a la CHMS, O.A. las siguientes obligaciones y facultades:
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula cuarta del
presente convenio.
2. Licitar, adjudicar y gestionar los contratos de la obra y servicios precisos, así
como las demás actuaciones del convenio hasta su terminación definitiva.
3. Realizar, una vez terminadas las obras, la recepción de las mismas.
4. Una vez recibidas las obras en adecuadas condiciones de uso, notificar este acto
al Ayuntamiento de Arbo, adjuntando una copia del acta de recepción a modo de
entrega, para que éste asuma su gestión, mantenimiento y conservación a partir del día
siguiente al de la recepción de esta notificación.
5. Facilitar la documentación técnica sobre las instalaciones, que sea necesaria
para la tramitación de las autorizaciones correspondientes.
6. La CHMS, O.A. quedará obligada durante la duración del plazo de garantía, de
un año, a la reparación de aquellos defectos imputables a la ejecución y que se
manifiesten con posterioridad al acto de recepción. Esta garantía se refiere
exclusivamente a las obras ejecutadas y no cubrirá los desperfectos por un uso
inadecuado de lo construido, ni los debidos a actos vandálicos, ni los deterioros debidos
al paso del tiempo, así como tampoco las que sean consecuencia de fenómenos
atmosféricos o por las variaciones de nivel de las aguas.
Novena.

Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Arbo.

Le corresponderán al Ayuntamiento de Arbo, las siguientes obligaciones y facultades:
1. El mantenimiento y conservación de las obras objeto de este convenio, a partir
del día siguiente a la recepción de la notificación descrita en el punto primero de la
cláusula séptima, convirtiéndose a todos los efectos, en el único responsable de las
infraestructuras construidas, asumiendo los derechos, obligaciones y cargas inherentes a
dicho mantenimiento y conservación.
2. El pago de todos cuantos tributos graven las obras construidas, incluso, en su
caso, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y los costes de suministros y servicios
necesarios para la conservación de lo actuado y en general, de todos los gastos
derivados de la gestión, mantenimiento y conservación de las obras objeto de este
convenio.
3. La aprobación del proyecto constructivo de forma que sustituya al otorgamiento
de la licencia municipal.
4. Realizar las obras de mantenimiento y conservación de las infraestructuras que
sean necesarias, comprometiéndose a asumir los gastos que de las mismas puedan
derivarse.
5. Poner a disposición de la CHMS, O.A. los terrenos precisos para la realización
de las obras, libres de cargas y gravámenes, conforme a lo establecido en la cláusula
sexta.

Décima.

Comisión de Seguimiento.

Para el desarrollo de esta colaboración y hasta la entrega de las actuaciones, se
establece una Comisión Mixta, que estará compuesta por un representante de la CHMS,
O.A. y un representante del Ayuntamiento de Arbo, y que se reunirá cuantas veces sea
necesario, a petición de cualquiera de las dos administraciones, para acordar la
coordinación de las actuaciones relacionadas con el objeto del presente convenio.

cve: BOE-A-2023-7927
Verificable en https://www.boe.es

El Ayuntamiento de Arbo queda autorizado, a partir de la entrega de lo construido, a
utilizar las obras entregadas de acuerdo con los fines que motivaron su ejecución.