II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-7911)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Martes 28 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 45421

no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge,
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo, deberán acreditar la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de
parentesco, y la dependencia.
b) Edad: Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de
jubilación establecida por la legislación vigente.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes
a Profesor de Universidad.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño
de las funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de los aspirantes que
no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no
hallarse sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado o en
España el acceso a la función pública.
2.2
a)

Requisitos específicos:
Justificar:

1. Ser Funcionario de Carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o
de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación
que hayan prestado como mínimo dos años de servicios efectivos bajo dicha condición.
Los funcionarios que participen en este concurso tendrán que estar acreditados para el
cuerpo docente de Catedráticos de Universidad.
2. Tendrán la consideración de acreditados, los profesores habilitados o habilitadas
y, para el cuerpo y el área de conocimiento de que se trate, conforme a las previsiones
contenidas en el Real Decreto 1313/2007.
2.3 Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el
momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión y, en su caso, a lo largo de toda la relación jurídica.
Para el caso de los nacionales de otros Estados a los que es aplicable el derecho a la
libre circulación de los trabajadores, si en el proceso selectivo no resultara acreditado el
conocimiento del castellano, las respectivas Comisiones de Acceso establecerán, en su
caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.
Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos realizarán la presentación de la
instancia conforme el artículo 14.3 de la LPAC 39/2015, y el artículo 2.1 del Reglamento
de Administración Electrónica de la UPM (aprobado en Consejo de Gobierno de fecha 31
de enero de 2019), exclusivamente por vía electrónica, a través del procedimiento de
inscripción en concursos de la Sede Electrónica de la UPM, en el enlace https://
sede.upm.es/procedimientos/concursospdi, donde cumplimentarán el formulario
electrónico y aportarán la documentación exigida en «documentos a aportar», y
efectuarán el pago de las tasas correspondientes.
Es necesario que el interesado disponga de un certificado digital reconocido para
firmar electrónicamente la solicitud al finalizar el proceso.
Los interesados dispondrán de un plazo de quince días hábiles a partir del siguiente
a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
En dicha solicitud deben proporcionar una dirección de correo electrónico, así como
un número de teléfono móvil, al objeto de facilitar futuras comunicaciones.
Al firmar y presentar la solicitud, el aspirante declara bajo su responsabilidad que
reúne los requisitos precisos para su admisión en la plaza y categoría a la que concursa
y que los méritos incluidos en su Curriculum Vitae son ciertos, comprometiéndose a

cve: BOE-A-2023-7911
Verificable en https://www.boe.es

3.