III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-7925)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de actualización de las tablas salariales y conceptos retributivos revalorizables correspondientes a los años 2022 y 2023 del Convenio colectivo del personal de tierra de Iberia Líneas Aéreas de España, SA, Operadora S. Unipersonal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Martes 28 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45539

En Madrid, siendo las 13 horas del día 15 de Febrero de 2023 se reúnen los
representantes de Iberia y del Comité Intercentros, que arriba se relacionan, y
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 154 del XXII Convenio Colectivo de Tierra establece que con efectos
de 1 de enero de 2022 se procederá a un incremento salarial consolidado de un 6,05 %
sobre la masa salarial del colectivo de Tierra de ese año.
Segundo.
De acuerdo con el citado artículo, se publicó una tabla salarial para 2022 provisional,
en espera de conocer la masa salarial definitiva del colectivo de Tierra de ese año. En
consecuencia, una vez finalizado el año 2022 y conocida la masa salarial definitiva del
colectivo de Tierra para ese año, corresponde realizar los ajustes necesarios en la tabla
salarial provisional de 2022.
Tercero.
Que dado que dicha masa salarial incluye tanto conceptos revalorizables como no
revalorizables, a fin de que la cifra total de incremento sobre la masa salarial sea
del 6,05 % en el año 2022, el porcentaje efectivo a aplicar en los conceptos
revalorizables será del 6,768095 %. Teniendo en cuenta que ya se regularizó el 6,05 %
en la nómina de enero de 2023, corresponderá el abono en la nómina de marzo de las
cantidades actualizadas.
Cuarto.
Que asimismo, el artículo 154 del XXII Convenio Colectivo de Tierra establece que se
faculta a la Dirección de la Compañía y a los Representantes del Comité Intercentros
para que establezcan la distribución del importe global resultante de las revisiones
salariales, incorporándose a las Tablas Salariales y conceptos retributivos que se vean
afectados y que formarán parte integrante del Convenio Colectivo de Tierra.
Con base a lo anterior, las partes
ACUERDAN
Primero.
Que de conformidad con lo establecido en el exponen, y una vez conocida la masa
salarial real del año 2022, procede la actualización de las tablas salariales y el resto de
conceptos retributivos revalorizables del XXII Convenio Colectivo de Tierra, para el
año 2022, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2022.

En consecuencia con lo anterior, las tablas salariales y el resto de conceptos retributivos
para el año 2022, que figuran en los anexos I, II, IV y VI del XXII Convenio Colectivo de
Tierra, para el año 2022, son los que figuran en los anexos a la presente acta.
Dichos anexos, que incluyen la consolidación del incremento salarial antes citado,
anulan y sustituyen a los importes vigentes hasta el momento, y forman parte integrante
del XXII Convenio Colectivo de Tierra.

cve: BOE-A-2023-7925
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Segundo.