III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-7862)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para el año 2023 del Convenio colectivo estatal de empresas de servicios auxiliares de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45064

Don Luis Gabriel González Rodríguez.
Por ADEDSA-AESA:
Don Roberto Vicente Blanco.
Por la representación sindical:
Por FeSMC-UGT:
Don Juan Pedro Monje García.
Don Diego Giraldez Gerez (Asesor).
Por CCOO del Hábitat:
Don Juan José Montoya Pérez.
Secretario de la Comisión Paritaria:
Don Alberto Santos Iglesias.
ACUERDAN
Que el 24 de enero de 2023, esta Comisión, mediante Acta núm. 9, en virtud de la
letra e) del apartado 6 del artículo 6 del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de
Servicios Auxiliares de Información, Recepción, Control de Accesos y Comprobación de
Instalaciones y, teniendo en cuenta el IPC real del año 2022 –5,7%– publicado el 13 de
enero de 2023 por el Instituto Nacional de Estadística; acordó actualizar el Anexo del
convenio (tablas salariales) para el período entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
de 2023 conforme al citado IPC real.
No obstante, en la citada Acta, conforme a lo regulado en el artículo 48 del citado
Convenio, se estableció que:
«Se aplica dicho porcentaje de incremento toda vez que, a día de hoy, no se ha
establecido ningún porcentaje de incremento sobre el SMI 2022 para el año 2023. No
obstante, en el supuesto de que se publicase un incremento del SMI para algún periodo
del 2023, y el porcentaje de variación resultante, en términos anuales y respecto del SMI
fijado en el Real Decreto 152/2022, fuera superior a la variación de IPC aplicada, la
Comisión Paritaria se reunirá para proceder a su revisión.»
A tal efecto, el pasado 15 de febrero de 2023, se publicó en el «Boletín Oficial del
Estado» el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo
interprofesional para 2023, con un incremento del 8% sobre el SMI de 2022.
De acuerdo con el anterior porcentaje, siendo superior al mencionado IPC real
de 2022, se procede a actualizar el Anexo del Convenio (tablas salariales) para el
período entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023:
Mensual

Anual

Director General.

1.449,25 20.289,53

Director.

1.397,49 19.564,90

Titulado Superior o Medio.

1.345,73 18.840,28

Grupo profesional 2
Jefe de Departamento/Servicios.

1.242,22 17.391,02

Supervisor de Departamento/Servicios.

1.191,61 16.682,50

cve: BOE-A-2023-7862
Verificable en https://www.boe.es

Grupo profesional 1