III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-7861)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda modificativa del Convenio con el Ayuntamiento de Valga y ADIF-Alta Velocidad, para la supresión de los pasos a nivel pp.kk.: 64/110 y 65/212 de la línea Redondela-Santiago, (RFIG: línea Villagarcia de Arousa-Bif. Angueira, n.º 818, pp.kk.: 27/670 y 26/578) en Valga (Pontevedra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45062

La Comisión de Seguimiento del Convenio, cuya creación está prevista en la
Cláusula Quinta del presente Convenio, concretará, en función del desarrollo
temporal de la ejecución de las actuaciones recogidas en el presente convenio, y
para cada una de las partes, la distribución anual de las aportaciones totales de
los importes del compromiso económico que asumen cada una de ellas para la
ejecución del convenio, siempre que dicha distribución de anualidades no suponga
un incremento económico de los importes recogidos en el Convenio, ni un
incremento del plazo de su vigencia, en cuyo caso habrá que tramitar una Adenda
Modificativa del presente Convenio.
ADIF, ADIF-Alta Velocidad y el Ayuntamiento de Valga se comprometen a
incluir estas aportaciones en sus respectivos presupuestos. En el caso de que se
prevea un sobrecoste de las actuaciones consideradas en el presente convenio, y
con carácter previo a la ejecución de los trabajos, se tratará dicha cuestión en el
seno de la Comisión de Seguimiento y, si procede, se establecerá una adenda
modificativa al presente Convenio, entre las Administraciones implicadas, en la
que se acuerde la financiación de los sobrecostes.»
Cuarta. Entrada en vigor de la presente Adenda Modificativa.
La presente Adenda Modificativa se perfeccionará con su suscripción, adquiriendo el
mismo plena validez y eficacia desde el momento de su inscripción, en el plazo de 5 días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, debiendo asimismo ser
publicado, en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial
del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la
Comunidad Autónoma; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2023-7861
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, se firma electrónicamente el presente documento a un
solo efecto.–Por el Ayuntamiento de Valga, el Alcalde, José María Bello Maneiro.–Por
ADIF y ADIF-Alta Velocidad, la Presidenta, María Luisa Domínguez González.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X