III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-7855)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid y la Agrupación de Interés Económico Crida, para el desarrollo de actividades de I+D+i de interés común en el ámbito de eficiencia operativa y automatización en gestión del tráfico aéreo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45013

Decreto 74/2010 de 21 de octubre (BOCM núm. 273 de 15 de noviembre de 2010; y con
domicilio, a estos efectos, en la sede del Rectorado de la Universidad Politécnica de
Madrid, edificio B, paseo de Juan XXIII, 11 – 28040 Madrid.
Y de otra parte, don José Miguel de Pablo Guerrero, en calidad de Director del
Centro de Referencia de I+D+i ATM Agrupación de Interés Económico (CIF V-85383578),
(en adelante CRIDA), según consta en la escritura Pública otorgada por el notario de
Madrid, don José María Regidor Cano con número 618 de su protocolo, de fecha 27 de
febrero de 2008, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, en el tomo 25429, folio 28,
sección 8, hoja número M-458110, inscripción 1.ª y en uso de las facultades delegadas,
con domicilio, a estos efectos en la Avenida de Aragón s/n, Bloque 330, portal 2, Parque
Empresarial Las Mercedes 28022 Madrid (Madrid).
En virtud de las atribuciones que les confieren sus cargos y poseyendo capacidad
legal para suscribir la presente Adenda comparecen y a tal efecto
EXPONEN
I. Que en virtud de Resolución de 17 de febrero de 2021, de la Entidad Pública
Empresarial Enaire, fue publicado el convenio con la Universidad Politécnica de Madrid y
el Centro de Referencia de I+D+i ATM, para el desarrollo de actividades de I+D+i de
interés común en el ámbito de eficiencia operativa y automatización en gestión del tráfico
aéreo (BOE núm. 45 de 22 de febrero de 2021).
II. El objeto del convenio consiste en establecer las bases de participación conjunta
de la UPM, ENAIRE y CRIDA para la realización de actividades durante el
periodo 2020-2022, en áreas de I+D+i en el ámbito de Gestión del Tráfico Aéreo, de
interés común, centradas en la investigación de soluciones y desarrollo potencial de
herramientas.
III. Que, en virtud de lo dispuesto en la cláusula Sexta del citado convenio, el
mismo tenía una vigencia de dos años pudiendo, en cualquier momento antes de su
finalización, los firmantes del convenio acordar unánimemente su prórroga por un
periodo total de hasta 4 años o su extinción.
IV. Y que manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su
suscripción, las partes entienden que debe prorrogarse el convenio por un periodo de
dos años, por lo que, en su virtud
ACUERDAN
Primero.
Prorrogar el convenio de referencia por el plazo de dos años que comenzará desde
la inscripción de la presente Adenda en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal en el plazo de 5 días hábiles
desde su formalización. Tras su inscripción en el Registro antes citado, se publicará en el
«Boletín Oficial del Estado», en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización.

Mantener inalteradas el resto de cláusulas del convenio.
Y en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, las
partes firman la presente Adenda de Prórroga, por triplicado, en el lugar y fecha
indicados en el inicio.–Por ENAIRE, el Director General, Ángel Luis Arias Serrano.–Por
UPM, el Rector, Guillermo Cisneros Pérez.–Por CRIDA, el Director, José Miguel de Pablo
Guerrero.

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Segundo.