III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Convenios. (BOE-A-2023-7883)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Deusto, para la realización de prácticas externas curriculares y extracurriculares del alumnado de titulaciones oficiales de grado y máster de la Universidad de Deusto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Lunes 27 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 45296

Quienes ejerzan la tutoría formativa deberán cumplir las obligaciones siguientes:
a) Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el proyecto formativo.
b) Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la Práctica con
una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
c) Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
d) Coordinar con la persona que ejerza la tutoría académica de Deusto el desarrollo
de las actividades establecidas en el presente convenio, incluyendo aquellas
modificaciones del plan formativo que puedan ser necesarias para el normal desarrollo
de la práctica, así como la comunicación y resolución de posibles incidencias que
pudieran surgir en el desarrollo de la misma y el control de permisos para la realización
de exámenes.
e) Emitir los informes que correspondan.
f) Proporcionar la formación complementaria que precise el estudiante para la
realización de las prácticas.
g) Proporcionar al estudiante los medios materiales indispensables para el
desarrollo de la práctica.
h) Facilitar y estimular la aportación de propuestas de innovación, mejora y
emprendimiento por parte del estudiante.
i) Facilitar al tutor académico de Deusto el acceso a la entidad para el cumplimiento
de los fines propios de su función.
j) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del
estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.
k) Prestar ayuda y asistencia al estudiante, durante su estancia en la entidad, para
la resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el
desempeño de las actividades que realiza en la misma.
Por su parte quienes ejerzan la tutoría académica tendrán las siguientes
obligaciones:
a) Velar por el normal desarrollo del Proyecto Formativo, garantizando la
compatibilidad del horario de realización de las prácticas con las obligaciones
académicas, formativas y de representación y participación del estudiante.
b) Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con el
tutor de CNMV y vistos, en su caso, los informes de seguimiento.
c) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el proyecto formativo.
d) Llevar a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante tutelado, a la
vista de la memoria final presentada por el estudiante y el informe del tutor de CNMV,
mediante el correspondiente informe.

Novena.

Seguro escolar.

El estudiantado de Deusto menor de 28 años está cubierto por el seguro escolar
obligatorio que paga con la matrícula. Los estudiantes mayores de 28 años deberán
contratar, de ser el caso, el seguro que reglamentariamente determine Deusto para el
caso. Este seguro podrá ser contratado por el resto del estudiantado.
La responsabilidad civil de daños a terceros que eventualmente se pudiese ocasionar
quedará cubierta por la póliza que Deusto tiene suscrita para los efectos.

cve: BOE-A-2023-7883
Verificable en https://www.boe.es

Como ha quedado establecido, para implementar lo estipulado, se suscribirá para
cada estudiante un anexo individual en el que se regulen las prácticas de dicho
estudiante, que determinará, entre otros, el tiempo de duración, el calendario, el horario
de actividades, el proyecto formativo, los créditos a reconocer y el sistema de
evaluación. El anexo individual se atendrá a los modelos de Deusto, así como a su
normativa interna.