III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-7727)
Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Yadisema Fase II de 63,83 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicado en Borox, Esquivas, Numancia de la Sagra, Illescas, Yuncos y Cedillo del Condado (Toledo)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Sábado 25 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 44491

4.2.5

Fauna.

El estudio de impacto ambiental considera que los principales impactos son la
pérdida efectiva del hábitat debido a su destrucción directa o a la fragmentación del
mismo y el efecto barrera. Durante la ejecución de las obras existen otros impactos
añadidos, como el riesgo de atropellos por el tránsito de vehículos o las molestias sobre
la fauna producidas por la presencia de personal y maquinaria.
En el estudio del ciclo anual de avifauna ha detectado la presencia de rapaces
incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas como el águila imperial

cve: BOE-A-2023-7727
Verificable en https://www.boe.es

real ocupada por hábitats de interés comunitario es de 300 m2 de hábitat prioritario 1520*
«Vegetación gipsícola ibérica». Para evitar afectar al hábitat 1520*, el promotor propone
no instalar paneles en la superficie ocupada por el mencionado hábitat.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha informa que no se autorizará la eliminación de cubiertas vegetales
naturales para instalación de plantas fotovoltaicas, por lo que se deberá modificar el
proyecto de implantación para dejar fuera las manchas de vegetación natural incluidas
dentro de los cerramientos. Por otra parte, la Subdirección General de Biodiversidad
Terrestre y Marina del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
informa que además de las especies amenazadas mencionadas en el estudio de impacto
ambiental, en la zona del proyecto o próxima a ellas es posible la presencia de algunas
especies protegidas, incluida Vella pseudocytisus subsp. pseudocytisus, existiendo
cierta similitud entre las características del área de estudio y los requerimientos para el
desarrollo las especies amenazadas presentes en el entorno, existe la posibilidad de que
dichas especies estén presentes en el ámbito del proyecto. Por ello, la Subdirección
General de Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico considera que se debe hacer una prospección florística por si
hubiera presencia de estas especies.
En respuesta a estos informes, el promotor presenta una adenda modificando el
proyecto y un Informe sobre la identificación de vegetación natural en la planta
fotovoltaica Yadisema II según la Ley 9/1999, de Conservación de la Naturaleza de
Castilla-La Mancha. Este informe analiza la presencia de flora amenazada concluyendo
que durante el trabajo de campo no se ha constatado la presencia de especies
amenazadas dentro del área de estudio. Respecto a la vegetación natural, el estudio
realizado por el promotor identifica varios tipos de agrupaciones vegetales de carácter
natural, asimilables a Hábitats de Interés Comunitario. El estudio concluye que dentro del
perímetro de la planta existen superficies con vegetación natural que corresponden con
varios Habitats de Interés Comunitario. Concretamente se identifican superficies de
majadal (HIC 6220* «Prados anuales»), superficies cubiertas por tomillares (HIC 4090
«Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga») y superficies con tomillares
gipsícolas (HIC 1520* «Vegetación gipsícola ibérica»). Por el contrario, el estudio
considera como vegetación no natural al arbolado inscrito en la zona de implantación del
proyecto, al corresponderse con cultivos de olivo y plantaciones lineales de almendros
utilizados para la delimitación de parcelas agrarias.
El promotor en la adenda presentada modifica el diseño de la planta teniendo en
cuenta las indicaciones de los informes recibidos y la información aportada por el estudio
de vegetación natural. Se modifica la implantación de los paneles solares, evitando
implantar sobre los Hábitats de Interés Comunitario presentes o sobre zonas de
vegetación espontánea caracterizada fitosociológicamente. El nuevo replanteo respetará
las superficies con Hábitats de Interés Comunitario, incluyendo una banda externa de
protección de 5 m alrededor de estas superficies. Ello excluye la posibilidad de afectar a
especies de flora protegida arbustivas o herbáceas perennes. Sin embargo, no es
descartable que la superficie de la planta sea ocupada en fase de explotación por alguna
especie protegida de requerimientos gipsófilos o halonitrófilos una vez cesen las labores
agrarias y la aplicación de herbicidas, lo que requiere de un seguimiento adaptativo para
su protección.