I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-7656)
Acuerdo internacional administrativo entre el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España y el Fondo de las Naciones Unidas para la infancia (UNICEF) relativo a la financiación de la instalación y operación del centro tecnológico de la iniciativa GIGA en Barcelona, hecho en Nueva York el 8 de marzo de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Sábado 25 de marzo de 2023

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especie de cada una de ellas para financiar la instalación y el funcionamiento del Centro
Tecnológico de Giga.
Cuarto.
Que, por un lado, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
del Reino de España y, por otro, el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia
(UNICEF), convienen en celebrar un Acuerdo Internacional Administrativo, mediante el
cual el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación traslada a
UNICEF los términos de la colaboración acordados por las tres Administraciones
actuantes en el Convenio Interadministrativo con fecha de 8 de marzo de 2023.
Quinto.
Que el presente Acuerdo Internacional Administrativo se ejecuta conforme al
Acuerdo Marco celebrado por el Reino de España y UNICEF el 25 de febrero de 2004
(artículo 1.4), que provee para la celebración de acuerdos complementarios de
cooperación en todos los temas relacionados con la promoción y protección de los
derechos de los niños.
Sexto.
Que mediante el Canje de Notas suscrito entre el Reino de España y UNICEF el 9 de
septiembre de 2022, las partes manifestaron la intención de facilitar la implementación
de las actividades de UNICEF en España en relación con la iniciativa Giga, una iniciativa
en conjunto entre UNICEF y UIT; y, pendiente la finalización del apropiado Acuerdo de
Sede entre el Reino de España y UNICEF, España ha confirmado que los privilegios e
inmunidades expuestos en la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las
Naciones Unidas (la «Convención General»), de la cual España es parte desde el 31 de
Julio de 1974, aplican a UNICEF, a sus haberes, archivos, locales y miembros de su
personal en España que realicen funciones relacionadas con la iniciativa Giga.
Séptimo.
Que las partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo Internacional Administrativo,
con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Artículo 1.

Objeto del Acuerdo Internacional Administrativo.

El presente Acuerdo Internacional Administrativo tiene por objeto formalizar con
UNICEF los compromisos acordados por las tres Administraciones del Reino de España
relativos a la instalación y la financiación del Centro Tecnológico de Giga, según lo
establecido en el Convenio Interadministrativo.

2.1 El mencionado Convenio Interadministrativo establece que el Gobierno de
España, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la
Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona colaborarán en la instalación y
la financiación del Centro Tecnológico de Giga con las contribuciones que se indican a
continuación. UNICEF celebrará con la Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de
Barcelona un acuerdo separado para la transferencia de sus respectivas contribuciones.
2.2 El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de
la Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores y Globales, realizará una aportación
económica a los promotores de la iniciativa Giga –UNICEF y UIT– para la puesta en

cve: BOE-A-2023-7656
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2. Contribuciones económicas y en especie.