III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-7554)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 para el programa VIOPET.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Jueves 23 de marzo de 2023

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de Derechos de los Animales (DGDA), figura un crédito nominativo por importe
de 350.000,00 euros destinado a la Federación Española de Municipios y Provincias
(FEMP) para la gestión del programa VIOPET.
Segundo.
Que el artículo 22.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, prevé que se puedan conceder, de forma directa, las subvenciones
previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado.
Tercero.
Que el artículo 28.1 de la Ley General de Subvenciones, prevé que los convenios
sean el instrumento habitual para canalizar las subvenciones previstas nominativamente
en los Presupuestos Generales del Estado.
Cuarto.
Que el artículo 65 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, regula el procedimiento para la concesión de las
subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado. En
este sentido, dispone el apartado tres que el procedimiento para la concesión de estas
subvenciones se iniciará de oficio por el centro gestor del crédito presupuestario al que
se imputa la subvención, o a instancia del interesado, y terminará con la resolución de
subvención o el convenio, añadiendo que, en cualquiera de los supuestos previstos en
este apartado, el acto de concesión o el convenio tendrán el carácter de bases
reguladoras de la concesión, a los efectos de lo dispuesto en la Ley General de
Subvenciones.
Quinto.

a) La formulación de las políticas del Departamento en materia de protección de los
derechos de los animales.
b) El impulso de todas las medidas necesarias para incluir la protección de los
derechos de los animales en el ordenamiento jurídico actual.
c) El desarrollo de las medidas de difusión necesarias para que la sociedad
conozca y respete los derechos de los animales y su protección.
d) La coordinación tanto con las comunidades autónomas y entidades locales,
Fiscalía General del Estado, administraciones públicas y el resto de entes del sector
público estatal, como con los agentes sociales para que se reconozcan y se respeten los
derechos de los animales y su protección.
e) La cooperación con las restantes entidades públicas y privadas, nacionales e
internacionales, en materia de derechos de los animales y su protección, sin perjuicio de
las funciones de dirección y coordinación de la Subsecretaría del Departamento en el
ámbito de la cooperación internacional.
Sexto.
Que el programa VIOPET, desarrollado en ejecución del Pacto de Estado contra la
Violencia de Género, ratificado en diciembre del 2017 por los distintos Grupos

cve: BOE-A-2023-7554
Verificable en https://www.boe.es

Que el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el
Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales, en su artículo 10 establece que corresponden
a la DGDA, en el ámbito de las competencias constitucionalmente reservadas al Estado
y en cooperación con las comunidades autónomas, las siguientes funciones: