III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-7486)
Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plan para la mejora de la seguridad de las comunicaciones en la R.B.G. Gasoducto BVV tramo posición 41 (Bergara)-posición 45 (Arrigorriaga) (provincias de Guipúzcoa y Vizcaya)".
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
22 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Miércoles 22 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 43184

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
7486

Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto
ambiental del proyecto «Plan para la mejora de la seguridad de las
comunicaciones en la R.B.G. Gasoducto BVV tramo posición 41 (Bergara)posición 45 (Arrigorriaga) (provincias de Guipúzcoa y Vizcaya)».
Antecedentes de hecho

Con fecha 10 de mayo de 2022, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de
inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Plan para la
mejora de la seguridad de las comunicaciones en la R.B.G. gasoducto BVV tramo
posición 41 (Bergara)-posición 45 (Arrigorriaga) (provincias de Guipúzcoa y Vizcaya)»
remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas (DGPEM) del Ministerio
para la Transición Ecológica y Reto Demográfico como órgano sustantivo, a solicitud de
Enagás Transporte, SAU, como promotor del proyecto.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada del
proyecto y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el
promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la
vulnerabilidad del proyecto. Se incluye asimismo en la evaluación el proceso de
participación pública y consultas y la documentación incorporada al expediente con
posterioridad.
Esta evaluación no incluye aspectos de seguridad de las instalaciones y dispositivos
eléctricos, de carreteras, de gestión del riesgo de inundaciones, del planeamiento
urbanístico y de seguridad y salud en el trabajo u otros, que disponen de normativa
reguladora e instrumentos específicos y quedan fuera del alcance de la evaluación
ambiental.
Descripción y localización del proyecto

La puesta en servicio del tramo del gasoducto entre las posiciones 41 y 45 se
autorizó en los años ochenta. Los nuevos requerimientos que debe soportar la red de
comunicaciones para garantizar la seguridad de las transmisiones en el gasoducto
precisan de la instalación de una línea de fibra óptica para dar continuidad y conectividad
a los tramos del actual sistema que discurre en paralelo con la conducción. El nuevo
cable discurrirá enterrado dentro de la zona de servidumbre de paso permanente del
referido gasoducto existente en toda su longitud, excepto en aquellos casos en que, por
razones físicas o administrativas, no sea posible, configurando una única instalación.
Las actuaciones del proyecto se concentran en la pista de servidumbre permanente
(anchura de 4 m) del gasoducto abierta para el paso de maquinaria y personal. El
estudio de impacto ambiental (EsIA) indica que, debido a que el proyecto no requiere
ningún tipo de acceso a la pista, las afecciones son puntuales y temporales en el periodo
de duración de las obras. En fase de explotación, al tratarse de un cable enterrado,
desaparecerán en su práctica totalidad, según señala el promotor.
La canalización dispone de tubería de protección de acero, de 200 mm de diámetro
exterior, conducción portacable compuesta por tubos de polietileno de alta densidad con

cve: BOE-A-2023-7486
Verificable en https://www.boe.es

1.