II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-7454)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 22 de marzo de 2023

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b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico
que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la
Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o
de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o
condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.
Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento
de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio
u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
12. Nombramiento y toma de posesión
El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector,
después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos
establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la
plaza: cuerpo, área de conocimiento y departamento. El Rector procederá a los
nombramientos conforme a la propuesta realizada, ordenará su inscripción en el
correspondiente registro de personal y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y
en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», así como su comunicación a la
Secretaría General del Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la
publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos y deberes
que le son propios.
Con carácter previo al acto de la toma de posesión y dentro del plazo previsto en el
párrafo anterior, el candidato propuesto deberá aportar una declaración de no estar
realizando actividad pública o percibiendo pensión o remuneración que resulte
incompatible con arreglo a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de
Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
13.

Recursos

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo
de Madrid en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su
publicación. No obstante, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se
estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector de
la Universidad Rey Juan Carlos, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al
de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto,
conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 13 de marzo de 2023.–El Rector, Javier Ramos López.

cve: BOE-A-2023-7454
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Núm. 69