III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-7484)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General del Agua, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Río Alagón, por el que se encomienda la explotación, mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones de la zona regable del Alagón, margen derecha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Miércoles 22 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 43162

Regantes de la Margen Derecha del Río Alagón, por el que se encomienda a ésta
la explotación, mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones de la Zona
Regable del Alagón, Margen Derecha.
La duración del Convenio de encomienda de gestión se establecía por un período de
setenta y cinco (75) años.
Segundo.
Que, habiéndose advertido que, en el referido Convenio de encomienda de gestión,
concretamente en el anexo I del mismo, en el que se enumeran las infraestructuras
titularidad del MITERD, que forman parte de la Zona Regable y cuya explotación asume
de forma paulatina la Comunidad de Regantes, no aparece el azarbe IV-20. Y que, sin
embargo, la referida infraestructura aparece en el Plan Coordinado de las Obras de la
Zona Regable de Gabriel y Galán como titularidad del Ministerio de Obras Públicas, por
lo que su gestión pertenece a este Organismo.
Tercero.
Que las partes manifiestan la necesidad de modificar el Convenio de encomienda de
gestión suscrito con el fin de incluir la infraestructura «azarbe IV-20».
Cuarto.
Que la presente Adenda al Convenio de encomienda de gestión ha sido informada
favorablemente por la Abogacía del Estado con fecha de 29 de agosto de 2022.
Quinto.
Es por ello por lo que las partes han decidido acordar la modificación del Convenio
de encomienda de gestión firmado el 19 de junio de 2019, con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del anexo I del Convenio de encomienda de gestión, para incluir
la infraestructura «azarbe IV-20».
El anexo I del Convenio entre la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del
Río Alagón y el Organismo Autónomo Confederación Hidrográfica del Tajo quedaría tal y
como se indica a continuación:
Las infraestructuras de la Zona Regable del Alagón, Margen Derecha, cuya titularidad
pertenece a la MITERD son las siguientes:

Acequia II-17 y su camino de servicio.
Acequia II-31 y su camino de servicio.
Acequia II-33 y su camino de servicio.
Acequia II-53 y su camino de servicio.
Azarbe II-20.
Azarbe II-26.
Sector IV.
Acequia IV-3 y su camino de servicio.
Acequia IV-9 y su camino de servicio.
Azarbe IV-20-7.
Azarbe IV-20.

cve: BOE-A-2023-7484
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Sector II.