III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Planes de gestión del riesgo de inundación. (BOE-A-2023-7476)
Real Decreto 197/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba la revisión y actualización del plan de gestión del riesgo de inundación de la parte española de la demarcación hidrográfica del Cantábrico Oriental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Miércoles 22 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 43122

Cantábrico Oriental desde sus primeras etapas de redacción. Además, con la realización
de una evaluación estratégica conjunta de este plan y del plan hidrológico de cuenca se
ha intentado ir un paso más allá en el cumplimiento de este objetivo, al permitir que el
órgano ambiental tenga una visión completa y simultánea de los posibles efectos de
ambos planes.
3.

Toma en consideración en PGRI Cantábrico Oriental de los resultados
de la información pública y de las consultas

La integración de los aspectos ambientales en el plan se ha visto complementada
tras la información y consulta pública del borrador del PGRI y de su estudio ambiental
estratégico, ya que los agentes interesados han podido realizar aportaciones sobre el
alcance, contenido y manera de tratar la variable ambiental en ambos documentos.
Todas esas aportaciones se detallan y discuten en el anexo 4 del plan.
Dichas contribuciones han sido analizadas, valoradas y respondidas motivadamente
en el informe de participación pública contenido en el citado anejo 4.
Además de lo anterior, las contribuciones recibidas han dado lugar a los siguientes
cambios en el documento post consulta pública del estudio ambiental estratégico:
– Incorporación de un anexo específico en el que se incluye una ficha detallada para
cada una de las actuaciones específicas incluidas en las siguientes medidas:
● 14.01.02 Restauración fluvial, medidas en cauce y en llanura de inundación.
● 14.02.02 Medidas estructurales para regular caudales: construcción o modificación
de presas para defensa de avenidas.
● 14.03.02 Medidas estructurales que implican intervenciones físicas en cauces,
aguas costeras y áreas propensas a inundaciones: encauzamientos, diques, motas,
dragados, etc.
4.

Toma en consideración en el PGRI Cantábrico Oriental de la declaración ambiental
estratégica

Con posterioridad a la formulación de la declaración ambiental estratégica (en
adelante, DAE) se han incorporado en el documento del plan aprobado por el presente
real decreto las siguientes sugerencias que, como consecuencia del análisis técnico
realizado, el órgano ambiental consideró en la declaración ambiental estratégica que
podían conseguir un elevado nivel de integración de los aspectos medioambientales en
los planes, así como prevenir, corregir y, en su caso, compensar sus efectos adversos
sobre el medio ambiente:

● 13.04.02 Programa de mantenimiento y conservación de cauces.
● 13.04.03 Programa de mantenimiento y conservación del litoral.
● 14.01.01 Restauración hidrológico-forestal y ordenación agrohidrológica.
● 14.01.02 Restauración fluvial, medidas en cauce y en llanura de inundación.
● 14.02.02 Medidas estructurales para regular caudales: construcción o modificación
de presas para defensa de avenidas.
● 14.03.02 Medidas estructurales que implican intervenciones físicas en cauces,
aguas costeras y áreas propensas a inundaciones: encauzamientos, diques, motas,
dragados, etc.

cve: BOE-A-2023-7476
Verificable en https://www.boe.es

– Las sugerencias recogidas en el apartado 4 de la DAE, relativas a los proyectos
sometidos a evaluación ambiental, se han incluido en el anexo 2. Descripción del
programa de medidas como un nuevo apartado 10.1 del anejo 2 en las fichas de las
siguientes medidas: