II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Tribunal Europeo de Derechos Humanos. (BOE-A-2023-7439)
Orden PCM/267/2023, de 21 de marzo, por la que se convoca el procedimiento de selección para la designación por el Reino de España de Jueces ad hoc en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 69

Miércoles 22 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 42842

efecto por el Consejo de Europa –que figuran como anexo II y III a esta orden
ministerial– en idioma inglés o francés.
b) La documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos, así
como de los méritos puestos de manifiesto por la persona candidata.
c) Una carta en la que el candidato o candidata exprese las razones por las que
formaliza la solicitud.
d) En su caso, se podrá incluir la presentación de uno a tres casos jurídicos
complejos que la persona haya tratado en su práctica profesional. Las presentaciones no
excederán de 5 páginas por caso (tamaño de fuente 12, interlineado sencillo, 1500
caracteres por página, sin espacios).
e) Asimismo, podrán incluirse de una a tres publicaciones recientes de las que la
persona candidata sea autora. Si fuere posible, escritas o traducidas al inglés o francés.
f) Además, la persona candidata podrá acompañar a su solicitud otros textos
equivalentes a publicaciones, como informes o estudios.
Undécima. Publicidad del procedimiento.
La presente orden ministerial se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», así
como a través de las páginas web de los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión
Europea y Cooperación, de Justicia, y de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática, durante el tiempo en que esté abierto el plazo para la
presentación de solicitudes.
Duodécima.

Recurso.

Contra la presente orden ministerial, y cuantos actos administrativos de ella se
deriven, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el
Ministro de la Presidencia, relaciones con las Cortes y Memoria Democrática en el plazo
de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir,
respectivamente, del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
o de su notificación o publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.

cve: BOE-A-2023-7439
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 21 de marzo de 2023.–El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las
Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños García.