III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-7389)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de la Ilunion Seguridad, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68

Martes 21 de marzo de 2023
Capítulo III.

Sec. III. Pág. 42384

El inicio de la relación laboral.

Artículo 12. Contratos de trabajo.
Artículo 13. Período de prueba.
Artículo 14. Subrogación de servicios.
Artículo 15. Subrogación en servicios de vigilancia, sistemas de seguridad,
transporte de explosivos, protección personal y guardería rural.
Artículo 16. Obligaciones de la empresa cesante y adjudicataria derivadas del
proceso de subrogación.
Artículo 17. Subrogación de los representantes de los trabajadores.
Artículo 18. Política de Estabilidad en el Empleo.
Capítulo IV.

Derechos y Deberes Laborales Básicos.

Artículo 29. Principios generales.
Artículo 20. Normas.
Artículo 21. Formación.
Artículo 22. Confidencialidad.
Artículo 23. Uniformidad.
Artículo 24. Asistencia Jurídica.
Capítulo V. Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 25. Reconocimiento Médico.
Artículo 26. Seguridad y salud en el trabajo.
Capítulo VI. Clasificación profesional y promoción en el trabajo.

Capítulo VII.
Artículo 39.
Artículo 40.
Artículo 41.
Artículo 42.
Artículo 43.
Artículo 44.
Artículo 45.
Artículo 46.
Artículo 47.
Artículo 48.
Capítulo VIII.

Sistema de clasificación profesional.
Clasificación General.
Grupo Profesional I. Personal directivo, titulado y técnico.
Grupo Profesional II. Personal administrativo, técnico de oficinas y de
Grupo Profesional III. Personal de mandos intermedios.
Grupo Profesional IV. Personal Operativo.
Grupo Profesional V. Personal de Seguridad mecánico-electrónica.
Grupo Profesional VI. Personal de Oficios Varios.
Grupo Profesional VII. Personal Subalterno.
Movilidad Funcional.
Ascensos, provisión de vacantes y plantilla.
Escalafones.
Retribuciones.
Disposición General.
Anticipos.
Estructura salarial y otras retribuciones.
Sueldo base.
Complemento personal de antigüedad.
Complementos de puesto de trabajo.
Complemento de cantidad o calidad de trabajo, Horas extraordinarias.
Complemento de vencimiento superior al mes.
Indemnizaciones o Suplidos.
Cuantía de las Retribuciones.
Prestaciones sociales.

Artículo 49. Fondo Económico y Asistencia.

cve: BOE-A-2023-7389
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 27.
Artículo 28.
Artículo 29.
Artículo 30.
ventas.
Artículo 31.
Artículo 32.
Artículo 33.
Artículo 34.
Artículo 35.
Artículo 36.
Artículo 37.
Artículo 38.