III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-7385)
Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Bilbao, sobre delegación de competencias.
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Núm. 68

Martes 21 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
7385

Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Bilbao,
sobre delegación de competencias.

En la sesión del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao
celebrada el día 24 de febrero de 2023, se adoptaron por unanimidad, entre otros, los
siguientes acuerdos:
1.º Tomar conocimiento de las circunstancias relacionadas con la presencia y
permanencia del artefacto flotante Penguin Wec II en el Muelle de Emergencias del
Puerto de Bilbao y de los informes justificativos elaborados para el ejercicio de las
actuaciones en defensa del interés portuario en los ámbitos sancionador, operativo y de
gestión, ratificando las actuaciones desarrolladas hasta la fecha en relación al citado
artefacto flotante.
2.º Acordar las siguientes delegaciones a favor del Presidente del Organismo:
– Para la resolución de los expedientes sancionadores por infracción de carácter
leve previstos en el artículo 306 del TRLPEMM, contra Wello Oy/ Saipem S.p.A. Saipem Group/ y CDA, así como para la determinación de las medidas no sancionadoras
y resarcitorias de los daños causados al Muelle de Emergencias por el artefacto naval
Wello Penguin II, en el ámbito de las competencias de la Autoridad Portuaria de Bilbao, y
de la determinación de las medidas no sancionadoras y/o resarcitorias, y de ejecución
que pudieran acordarse o proponerse por la Dirección, así como la resolución de
recursos que procedieran contra la mismas, incluyendo las más amplias facultades de
ejecución, administración o disposición, incluso el ejercicio de cualesquiera acciones
ante cualquier orden jurisdiccional relacionadas.
– Para la adopción de cualesquiera acuerdos, resoluciones y la resolución de
recursos, que no correspondiendo al órgano de gestión de la Autoridad Portuaria de
Bilbao, permitan la resolución definitiva y la ejecución de los expedientes y actuaciones
previstas en el artículo 304 del TRLPEMM, singularmente y a título enunciativo, las del
apartado 1 de este artículo, en situaciones de riesgo y de hundimiento de buques,
embarcaciones y cualesquiera vehículos de navegación en aguas portuarias, en el
ámbito de las competencias de la Autoridad Portuaria de Bilbao, incluyendo las acciones
que procedieran ante la jurisdicción competente.
Lo que se comunica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

cve: BOE-A-2023-7385
Verificable en https://www.boe.es

Santurtzi, 7 de marzo de 2023.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Bilbao,
Ricardo Barkala Zumelzu.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X