III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-7303)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el acta en la que se contiene el acuerdo relativo a las tablas salariales para los años 2022 y 2023 del XXIII Convenio colectivo nacional de autoescuelas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Lunes 20 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41681

UGT Servicios Públicos:
Jesús Gualix.
Ana Castaño.
USO: Carlos Quirós.
Preside la reunión la organización empresarial CNAE y la Secretaría de Actas corre a
cargo de la organización sindical UGT Servicios Públicos.
El motivo de la reunión es la revisión de salarios del año 2022 de acuerdo con la
disposición transitoria segunda, así como la actualización de las tablas del año 2023.
CNAE, UGT Servicios Públicos y USO manifiestan su intención de firmar el presente
acuerdo de tablas salariales para los años 2022 y 2023, Anexo II que se adjunta a esta
acta.
Se autoriza a la Secretaría de la Comisión Negociadora (UGT Servicios Públicos) y
en concreto a doña Ana Castaño Buendía para proceder a realizar los trámites oportunos
ante la Dirección General de Trabajo y publicación posterior en el BOE de este acuerdo.
CNAE

UGT Servicios Públicos

USO

ANEXO II
Tablas salariales año 2022

Grupo profesional

Salario
base

Euros

Antigü
Plus
edad / transporte
(1)
trienio*


Euros
Euros

Garantía SMI

GRUPO 0: PERSONAL DIRECTIVO

1.081,38

38,10

38,49

GRUPO 1: PERSONAL DOCENTE

1.067,36

34,43

38,49

Oficial Administrativo.

970,33

25,29

38,49

Garantía SMI 2022.

Auxiliar Administrativo.

955,53

25,29

38,49

Garantía SMI 2022.

955,53

25,29

38,49

Garantía SMI 2022.

GRUPO 2: ADMINISTRATIVAS/OS.

Mecánicos, Conductores, Limpieza.

(1) Plus de transporte: será abonado solamente por los meses efectivamente trabajados, no
devengándose en periodos de Incapacidad Transitoria o vacaciones. Abonable a todos los Grupos
Profesionales salvo que la persona trabajadora haga uso del coche de la empresa para el desplazamiento a su
vivienda (in itinere).
(2) El salario base y la antigüedad se perciben en 15 mensualidades.
* Las personas trabajadoras que desarrollan las funciones de Aspirante, encuadradas en el Grupo
Profesional de Administrativas/os percibirán, en su caso, un Complemento de Antigüedad de 16,38 euros.
En todo caso el Salario Base del Grupo 1 mantendrá una diferencia con el salario mínimo interprofesional
contemplada en la Disposición Transitoria Segunda.2.2.º

cve: BOE-A-2023-7303
Verificable en https://www.boe.es

GRUPO 3: PERSONAL AUXILIAR Y DE
SERVICIOS.