III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Ayudas. (BOE-A-2023-7319)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 3 de marzo de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2023 de los créditos para el desarrollo de programas y la prestación de servicios que garanticen el derecho a la asistencia social integral a las víctimas de violencia de género y la atención a los menores; para implementar la propuesta común para la mejora de la coordinación y desarrollo de planes personalizados; programas para el apoyo a víctimas de agresiones y/o abusos sexuales, así como programas de prevención de abusos sexuales en menores tuteladas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41761

ANEXO
Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad por el que se fijan los criterios de
distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2023 del crédito de 8.500.000
euros para el desarrollo de programas y la prestación de servicios que garanticen el
derecho a la asistencia social integral a las víctimas de violencia de género y la
atención a los menores; del crédito de 1.000.000 de euros para implementar la
propuesta común para la mejora de la coordinación y desarrollo de planes
personalizados; del crédito de 9.500.000 euros para programas para el apoyo a
víctimas de agresiones y/o abusos sexuales, así como del crédito de 800.000 euros
para programas de prevención de abusos sexuales en menores tuteladas
La violencia contra las mujeres constituye una vulneración de sus derechos humanos
y libertades fundamentales y es la manifestación más extrema del sexismo, de la
desigualdad causada por las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres
y hombres, que impide la efectiva realización de la igualdad y el pleno avance de las
mujeres. Su erradicación junto con la atención, protección y recuperación de sus víctimas
son una prioridad del Gobierno, un elemento central del Estado Social y Democrático de
Derecho, que cumple con los compromisos internacionales asumidos por España.
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral
contra la Violencia de Género, enmarca la actuación de los poderes públicos contra la
violencia que se ejerce sobre estas por parte de quienes sean o hayan sido sus
cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de
afectividad, aun sin convivencia. Asimismo, garantiza, en su artículo 19, a todas las
mujeres víctimas de violencia de género el derecho a la asistencia social integral, con
independencia del origen, religión o cualquier otra circunstancia personal o social. Este
derecho comprende el derecho a servicios sociales de atención, de emergencia, de
apoyo y acogida y de recuperación integral, cuya organización responderá a los
principios de atención permanente, actuación urgente, especialización de prestaciones y
multidisciplinariedad profesional. Además, los y las menores que se encuentren bajo la
patria potestad o guarda y custodia de la mujer víctima de violencia de género son
titulares de este derecho. Las comunidades autónomas tienen competencias atribuidas
para la organización de los servicios que garanticen este derecho.
A fin de apoyar financieramente a las comunidades autónomas, se distribuye la
dotación presupuestaria 30.03.232C.450, para transferencias a las comunidades
autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para la asistencia social integral a las
víctimas de violencia de género, incluidos los y las menores a su cargo, por un importe
de 8.500.000 euros.
Además, en la misma línea, se distribuye la dotación presupuestaria 30.03.232C.451,
para transferencias a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla para
la implementación de la Propuesta común de mejora de la coordinación y puesta en
marcha de planes personalizados de atención a las víctimas de violencia de género, por
un importe de 1.000.000 de euros.
La propuesta común incluye, entre otras, medidas para promover la adopción a nivel
autonómico de un protocolo de coordinación interinstitucional contra la violencia de
género; impulsar la adopción de protocolos de actuación a nivel autonómico que
concreten las previsiones de los existentes en el nivel estatal; fomentar la elaboración de
mapas de recursos y servicios y promover el establecimiento de una red autonómica que
incluya todos los recursos y servicios para la atención de las mujeres víctimas de la
violencia de género y de sus hijos e hijas.
Por otra parte, entre las formas de violencia contra la mujer por razón de género en
atención a su prevalencia y a sus consecuencias en las mujeres que la sufren, la violencia
sexual debe ser objeto de prevención, así como de atención y asistencia a las víctimas.
El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la
mujer y la violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de mayo de 2011, y ratificado
por España en 2014, insta a los Estados Parte a concebir un marco global, políticas y

cve: BOE-A-2023-7319
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Núm. 67