III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Ayudas. (BOE-A-2023-7322)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 3 de marzo de 2023, por el que se aprueban los criterios de distribución territorial y la distribución resultante para la ejecución de los créditos presupuestarios destinados a la creación de centros de atención integral 24 horas a víctimas de violencia sexual, con cargo al "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Lunes 20 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41784

Violencia de Género para las transferencias corrientes de los programas de «Asistencia
Social Integral» y «Agresiones sexuales».
Los criterios y sus ponderaciones son los siguientes:





Cuantía fija para un centro por provincia: 250.000 euros/provincia.
Insularidad: 2,0 %.
Distribución de mujeres de dieciséis y más años: 15 %.
Dispersión de la población: 6,79 %.

A continuación, se detallan cada uno de estos criterios:
– Cuantía fija para un centro por provincia (250.000 euros). Se establece una
cuantía fija por cada provincia de 250.000 euros/provincia. Este montante se sumaría al
millón de euros asignado inicialmente por provincia, estando destinado a garantizar que
todas las provincias cuenten con unos mínimos para poder implementar al menos un
centro de crisis 24 horas.
Esto supone repartir 13.000.000 de euros (76,21 %). Los 4.058.700 euros (23,79 %)
restantes se asignarán de acuerdo a los siguientes criterios:
– Insularidad (2 %). El peso relativo de las dos comunidades insulares se obtiene
en función de la distancia en kilómetros desde cada territorio no peninsular a la
península, calculado a partir de la distancia (en km) ponderada por tramos entre las
costas de la península y las capitales insulares según el cuadro 4 del anexo del
Acuerdo 6/2009, de 15 de julio, del Consejo de Política Fiscal y Financiera.
– Mujeres de dieciséis y más años (15 %). Se calcula el porcentaje de mujeres
de dieciséis y más años que tiene cada comunidad autónoma sobre el total nacional
con los últimos datos disponibles de fuentes oficiales (Estadística del Padrón
Continuo a 1 de enero de 2022. Instituto Nacional de Estadística). Se utiliza este
criterio porque será la población objetivo de estos centros.
– Dispersión de la población (6,79 %). Este indicador se elabora calculando la
inversa de la densidad de población como cociente entre la población (estadística
del Padrón Continuo a 1 de enero de 2022) y la superficie de cada comunidad
autónoma en la publicación España en Cifras (edición 2022, Instituto Nacional de
Estadística).

cve: BOE-A-2023-7322
Verificable en https://www.boe.es

El reparto del importe de esta asignación adicional de 17.058.700 euros se detalla en
la siguiente tabla: