II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-7275)
Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 20 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 41515

Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesaria la participación de, al
menos, tres de sus miembros.
Los miembros de la Comisión que estuvieran ausentes en la comparecencia
correspondiente a algunos de los candidatos cesarán en su calidad de miembros de la
misma, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido.
Si una vez constituida la Comisión ésta quedara con menos de tres miembros, se
procederá al nombramiento de una nueva Comisión por el procedimiento
normativamente establecido y en la que no podrán incluirse los miembros que hubieren
cesado en su condición.
La Comisión adoptará sus acuerdos por mayoría de votos de sus miembros, sin que
sea posible la abstención; en caso de empate decidirá el voto del Presidente. La
propuesta de provisión de plaza, con la relación de todos los candidatos por orden de
preferencia para su nombramiento, requerirá, en todo caso, tres votos favorables.
La Comisión podrá solicitar, a través de su Presidente, los asesoramientos que
estime convenientes, los cuales deberán ser evacuados de forma confidencial y por
escrito, y se adjuntarán al acta correspondiente.
Los miembros de la Comisión tendrán derecho al percibo de asistencias, gastos de
viaje y dietas, en su caso, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002,
de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón del servicio.
Sexta. Desarrollo del concurso.
Antes del inicio del acto de presentación de candidatos, la Comisión una vez
constituida, procederá a fijar y a hacer públicos los criterios de valoración que se
utilizarán para la adjudicación de las plazas convocadas, todo ello de conformidad con lo
previsto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba, de
fecha 30 de octubre de 2015, por el que se aprueba el Reglamento de concurso de
acceso a cuerpos docentes universitarios, promociones internas y provisión de plazas
docentes vacantes en la Universidad de Córdoba, modificado por Acuerdo de Consejo
de Gobierno de 27 de febrero de 2020.
– Acto de presentación: En la primera sesión de comparecencia que se celebre, que
será la de presentación de los aspirantes y que será pública, éstos entregarán al
Presidente de la Comisión la documentación acreditativa de los méritos e historial
académico, docente e investigador, así como un ejemplar de las publicaciones y trabajos
que se aleguen. Igualmente, se presentará en este acto el proyecto docente e
investigador y el programa de al menos una de las asignaturas básicas y obligatorias
incluidas en el perfil de la plaza.
La Comisión será competente para acordar la citación de los candidatos para
sucesivos actos, con el fin de que puedan realizar las distintas pruebas. Dicho acuerdo
se notificará a los aspirantes, junto a otras instrucciones que puedan resultar necesarias,
en la sesión correspondiente al acto de presentación. La Comisión, si fuera preciso,
podrá suspender la celebración pública del acto, con el fin de adoptar la decisión que
proceda si no la hubieran adoptado con anterioridad, emplazando a los candidatos para
un momento posterior a efectos de su notificación.
La Comisión determinará el lugar y hora de comienzo de las pruebas, que deberán
iniciarse dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de presentación. El orden de
actuación se determinará por sorteo público.
Serán excluidos del concurso de acceso los aspirantes que no comparezcan a
cualquiera de los actos de comparecencia.
– Pruebas:
La primera prueba consistirá en la exposición oral, durante un tiempo máximo de
noventa minutos, del historial académico, docente e investigador alegados. Dicha prueba
incluirá, asimismo, la defensa del proyecto docente e investigador presentado.

cve: BOE-A-2023-7275
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Núm. 67