III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2023-7328)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Granada y Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Granada, para la administración y participación en gastos del inmueble de uso compartido ubicado en la calle Calicasas, 2, de Granada, destinado a oficina integral de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 67

Lunes 20 de marzo de 2023
Undécima.

Sec. III. Pág. 41850

Extinción del convenio.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
este convenio podrá extinguirse por las siguientes causas:
Por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.
Por incurrir en causa de resolución. Siendo causa de resolución las siguientes:
El transcurso del plazo de vigencia del convenio, sin haberse acordado la prórroga
del mismo.
El acuerdo unánime de todos los firmantes.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
Por cualquier otra causa distinta de las anteriores que esté prevista en otras leyes.
Duodécima.

Vigencia.

El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes, y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el
«Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, aplicable desde la fecha indicada en el acta que suscriban
las partes de entregas de superficies del inmueble objeto del mismo, cuya firma tendrá
lugar una vez producidas dicha inscripción y publicación.
El presente convenio tiene una vigencia de cuatro años, prorrogables por otros
cuatro adicionales de mutuo acuerdo, si bien, podrá ser denunciado en cualquier
momento antes de su finalización por cualquiera de las entidades que lo suscriben.

cve: BOE-A-2023-7328
Verificable en https://www.boe.es

En prueba de conformidad, y previa fiscalización favorable de las Intervenciones
Delegadas competentes, firman este convenio en el lugar y fecha indicados en el pie de
firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del
último firmante.–En Granada, a 7 de marzo de 2023, la Directora Provincial de la
Tesorería General de la Seguridad Social de Granada, Inmaculada Hidalgo Gámez.–El
Director Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Granada, Pablo
García Ruíz.