III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-7129)
Resolución de 9 de marzo de 2023, del Instituto de la Juventud, por la que se publica el Convenio con Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, SA, para la exhibición en Cineteca de cuatro proyectos beneficiarios de las Ayudas Injuve para la Creación Joven 2021/2022, incorporado a la programación de Cineteca durante el mes de marzo de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41222

para la elaboración de las fichas de cada película o sesión: título original/título
internacional, breve ficha técnica, país, año, duración, formato de proyección, sinopsis,
enlace a tráiler oficial (YouTube o Vimeo), cartel oficial y un mínimo de tres fotogramas
(tamaño mínimo 900 x 500 px, 72 ppp). Todo este material, debidamente etiquetado y
ordenado, deberá ser enviado al equipo de Cineteca con una antelación mínima de
veinte días hábiles antes del inicio de la actividad.
Si la información no llega a tiempo, Cineteca no asegura la aparición de la actividad
objeto del convenio en el programa impreso del mes.
2.15 Injuve deberá incluir el logotipo de Cineteca Madrid en todos los materiales de
promoción tales como cartelería, roll-ups, photocall, páginas web… así como su mención
en notas de prensa o redes sociales. También se incluirá el logo de Cineteca en todo tipo
de soporte publicitario que el Injuve quiera colocar y exhibir durante la sesión (carteles,
roll-ups, photocall, cartelas de proyección, etc.). La inclusión de este logo y la exhibición
de los soportes en su espacio físico implica que estos también forman parte de la
comunicación de Cineteca, por lo que esta verificará, junto con el departamento de
comunicación de Matadero, que los logos están correctamente aplicados. Para ello, el
Injuve deberá enviar los diseños a Cineteca diez días hábiles antes del primer pase de la
actividad. Será responsabilidad del Injuve el montaje y retirada de todos los soportes
publicitarios que coloque en Cineteca.
2.16 Injuve debe respetar que la publicidad de otros sponsors, patrocinadores y
colaboradores de la actividad, solo podrá hacerse dentro de las instalaciones de
Cineteca, a través de una imagen compartida entre la marca en cuestión y el logotipo o
soporte publicitario de dicho evento. No está permitida la publicidad directa y aislada de
marcas comerciales.
2.17 Injuve conoce que no está permitida la venta de merchandising de ningún tipo.
2.18 Injuve podrá grabar las sesiones de la Actividad según los términos y
condiciones recogidos en el Anexo I. Todos los medios técnicos para la citada grabación
han de ser aportados por Injuve y han de ser comunicados a Cineteca con diez días
hábiles de antelación de manera que desde Cineteca se pueda confirmar que el
operativo de rodaje cumple con las normas del espacio.
2.19 Corresponderá a Injuve el reparto de las invitaciones cedidas por Madrid
Destino.
2.20 Injuve está obligada a respetar y cumplir la normativa vigente en materia de
prevención de riesgos laborales conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios
de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. Igualmente es de
aplicación el Real Decreto 773/1997, 30 de mayo sobre disposiciones mínimas de
seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección
individual, así como el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, de coordinación de
actividades empresariales, y todas aquellas que sean de aplicación y/o se hayan
promulgado o se promulguen en desarrollo de la normativa actual o en su sustitución.
Injuve será responsable de su propio personal y del personal que contrate para llevar
a cabo las actuaciones por ella comprometidas en ejecución del presente convenio, sin
que Madrid Destino tenga vinculación alguna con el mismo.
2.21 El personal que resulte asignado por Injuve a la ejecución de las distintas
prestaciones objeto de este convenio, quedará sometido a su poder direccional y de
organización en todo ámbito y orden legalmente establecido, siendo, por tanto, Injuve la
única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten
aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención
de riesgos laborales, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación
jurídico-laboral con Madrid Destino, y ello con independencia de las facultades de control
e inspección con respecto a la prestación del servicio legal y/o contractualmente le
correspondan.
2.22 En materia de Prevención de Riesgos Laborales, Injuve, deberá cumplir
específicamente con las nuevas exigencias según protocolos de seguridad y salud

cve: BOE-A-2023-7129
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Núm. 66