III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-7133)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Instituto de Investigación en Ciencias de la Salud Germans Trias i Pujol, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41256

Séptima. Anexos para determinar cada práctica.
Para la incorporación de cualquier alumno a este convenio es necesario el previo y
común acuerdo de las tres partes implicadas –IGTP, alumno y UIMP–, materializado con
la firma del correspondiente anexo de formalización de la práctica, que se incorporará a
este convenio, y en el que se refleje las condiciones específicas de la práctica a seguir
por el alumno, según modelo que se incluye como anexo I.
En cada anexo se detallará el nombre del alumno, el tipo de práctica, el número de
créditos fijados en el plan de estudio (si se trata de curriculares), el proyecto formativo
(objetivos y actividades), las fechas de comienzo y finalización, los tutores, el horario,
lugar de desarrollo, el importe de la bolsa de estudios –si la hubiera– y en su caso otras
condiciones específicas de dicha práctica. En dicho documento se recogerá asimismo la
aceptación por parte del alumno de las condiciones establecidas en este convenio y se
detallarán los derechos y deberes de los estudiantes y de los tutores.
Con la finalidad de mantener actualizado en todo momento el registro de alumnos
participantes en el presente convenio, IGTP comunicará por escrito a la UIMP cualquier
incidencia o modificación en las fechas de inicio o cese, horario u otras circunstancias
que se produzca en cada práctica que se realice en la empresa en relación con lo
acordado en su anexo correspondiente.
Octava.

Derechos y deberes de los estudiantes.

Durante el periodo de prácticas cada alumno estará sujeto a las normas generales de
trabajo propias de IGTP, especialmente en lo referido al cumplimiento del horario,
régimen de permisos, identificación, normas de seguridad y de prevención de riesgos
laborales, etc., para lo que recibirá la adecuada información. Asimismo, los alumnos
mostrarán en todo momento una actitud respetuosa hacia la política de IGTP.
Los estudiantes estarán obligados a guardar confidencialidad en relación con la
información interna de IGTP y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante
su estancia y finalizada ésta.
Además de lo señalado en este convenio, los estudiantes en prácticas tendrán todos
los derechos y deberes que se recogen en el artículo 9 del citado Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, que, para su conocimiento, se resumen al
dorso del anexo de formalización de la práctica.
Novena. Informes, evaluación de las prácticas y reconocimiento.
A la finalización de cada una de las prácticas:

– Datos personales del estudiante.
– Entidad colaboradora en la que ha realizado las prácticas y lugar de ubicación.
– Descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y
departamentos de la entidad a los que ha estado asignado.
– Valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias
adquiridos en relación con los estudios universitarios que cursa.
– Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su
resolución.

cve: BOE-A-2023-7133
Verificable en https://www.boe.es

I. El tutor de IGTP realizará y enviará al tutor académico de la UIMP y a la UIMP un
informe final según modelo que se adjunta como anexo II, en el que se recogerá el
número de horas realizadas por el estudiante y se valorarán diversas capacidades y
actitudes en relación con las competencias genéricas y específicas previstas en el
proyecto formativo.
II. El estudiante elaborará y entregará al tutor académico de la UIMP una memoria
final en la que deberán figurar, entre otros, los siguientes aspectos: