III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-7127)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, por el que se canaliza subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para 2022, para el desarrollo del Programa de Mentoring y Apoyo a la Internacionalización, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
31 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41187

d) Gastos de asistencia técnica:
Serán subvencionables los siguientes gastos:
– Gastos de contratación de un servicio de consultoría y asistencia técnica para la
ejecución y gestión del Programa de Mentoring, incluyendo la licitación del contrato y los
costes salariales. Se estima que este gasto ascenderá a 260.000 euros.
– Informes relativos a línea de «Certificación internacional» que la Cámara de
España pueda contratar a las entidades que considere necesarias para identificar la
idoneidad de las certificaciones propuestas por los interesados en la fase de instrucción
de la convocatoria. Cabe señalar, entre otras entidades, las Cámaras de Comercio
Oficiales Españolas en el extranjero por su papel como organismos órganos consultivos
y colaboradores de la Administración pública española de acuerdo con lo establecido en
el Real Decreto 1179/2020, de 29 de diciembre, por el que se establece el marco del
reconocimiento oficial de las Cámaras de Comercio Españolas en el extranjero. Este
gasto podrá ascender hasta un máximo de 142.000 euros.
e)

Gastos de comunicación:

Los gastos de contratación para el diseño, realización, producción, ejecución y
seguimiento del plan de publicidad y marketing para la captación y adhesión del público
objetivo del «Programa Mentoring y Apoyo a la internacionalización» que deberá
incorporar los servicios de creatividad y plan de publicidad y marketing. Con una
estimación de gasto de 355.000 euros.
f) Gastos de auditoría:
Los gastos de contratación de los servicios de auditoría externa del programa
necesarios para la supervisión de la correcta ejecución de los fondos, estimando un
coste de 8.000€ por millón auditado, por lo que podrán alcanzar los 310.000 euros.
2. En relación con los gastos de apoyo por parte de las Cámaras territoriales en la
ejecución de ambas líneas de actuación, con una estimación de 1.095.000 euros, serán
gastos subvencionables las siguientes actuaciones realizadas por las Cámaras
territoriales:
a)

Gastos de difusión:

Aquellos gastos relacionados con la organización de jornadas de sensibilización y
promoción de ambas líneas de actuación a nivel local, con una estimación de 325.000
euros.
b)

Gastos asociados al seguimiento de las empresas de la línea de Mentoring.

3. Estos gastos podrán incluir el l IVA no recuperable, siempre que el beneficiario
los abone directamente y no sea susceptible de recuperación o compensación.
4. En cumplimiento con lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley General
Subvenciones, Cámara de España deberá solicitar tres ofertas cuando realice
contrataciones que superen los umbrales de los contratos menores.
5. No se subvencionará ningún otro gasto distinto de los mencionados en los
apartados 1 y 2.
6. En ningún caso serán gastos subvencionables los previstos en los apartados 7
y 8 del artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
7. No serán subvencionables aquellas actuaciones que no respeten plenamente las
normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental y el

cve: BOE-A-2023-7127
Verificable en https://www.boe.es

Los gastos relacionados con el seguimiento de la ejecución del plan de acción de las
empresas adheridas a la línea de Mentoring, como la emisión del Informe supervisado
por el asesor cameral, pudiendo alcanzar los 770.000 euros.