III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-7125)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, por el que se encomienda la gestión de paseos marítimos ubicados en la zona de servicio del puerto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41178

EXPONEN
I. Que la Autoridad Portuaria de Las Palmas y el Ayuntamiento de Puerto del
Rosario suscribieron el 8 de noviembre de 2018 un convenio para encomendar la gestión
de los siguientes paseos marítimos ubicados en la zona de servicio del puerto de Puerto
del Rosario, tal y como se refleja en el plano de situación y ubicación adjunto al
convenio, por parte de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, titular de la competencia y
entidad encomendante, al Ayuntamiento de Puerto del Rosario, entidad encomendada:
– Paseo marítimo ubicado al noreste del puerto de Puerto del Rosario, con una
superficie total de 1.305 m2 (plano situación 1).
– Paseo marítimo ubicado al sur del puerto de Puerto del Rosario, con una superficie
total de 4.105 m2 (plano situación 2).
– Paseo peatonal en el Espigón de Abrigo de Playa de Hornos, con una superficie
total de 2.300 m2 (plano situación 3).
El convenio entró en vigor el 15 de febrero de 2019, con su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
II. Que de conformidad con lo establecido en la cláusula sexta, el convenio tiene
una vigencia de cuatro años, pudiéndose prorrogar por un periodo de hasta cuatro
años adicionales.
III. Que las partes consideran adecuado prorrogar su periodo de vigencia con el fin
de proseguir la colaboración establecida dados los buenos resultados obtenidos.
ACUERDAN
Primero.
Prorrogar cuatro (4) años el convenio suscrito entre las partes con fecha 8 de
noviembre de 2018 para la gestión de paseos marítimos ubicados en la zona de servicio
del puerto.
Segundo.
La presente prórroga tendrá una vigencia de cuatro (4) años, según lo establecido en
la cláusula sexta del convenio objeto de prórroga.
Tercero.
La colaboración entre las partes se realizará bajo las mismas condiciones
estipuladas en el convenio que se prorroga, en todos sus apartados.
Cuarto.

Y para que así conste y en prueba de conformidad, las partes firman y rubrican el
presente documento por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha
indicados en el encabezamiento.–Por la Autoridad Portuaria de Las Palmas, el
Presidente, Luis Ibarra Betancort.–Por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, el AlcaldePresidente, Juan Jiménez González.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-7125
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La prórroga se extiende desde el 15 de febrero de 2023 hasta el 15 de febrero
de 2027, previa publicación en el «Boletín Oficial del Estado».