III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-7118)
Resolución de 15 de marzo de 2023, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica el III Convenio con el Instituto Galego de Promoción Económica, Axencia Galega de Innovación, Sociedad Gestora de Entidades de Inversión de Tipo Cerrado, SAU, Vigo Activo Sociedad de Capital Riesgo, SA, S.M.E., Fundación Clúster de Empresas de Automoción de Galicia y Stellantis España, SL, para continuidad del Foco de Emprendimiento en el sector de la automoción y movilidad en Galicia y la realización de las ediciones 7.ª, 8.ª y 9.ª.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41103

Esta fase tendrá una duración de hasta doce meses y podrán participar un máximo
de diez proyectos.
Se realizarán procesos de consolidación para cada edición previsiblemente en las
fechas que siguen:
– Séptima edición: Octubre 2023-septiembre 2024
– Octava edición: Octubre 2024-septiembre 2025
– Novena edición: Octubre 2025-septiembre 2026
Según se detalla en la cláusula séptima, las empresas pueden recibir financiación
adicional en esta fase.
Cuarta. Bases del Programa BFA.
El funcionamiento operativo de cada una de las ediciones del Programa BFA se
establece en las bases del programa, que se publicarán, con antelación suficiente, en la
página web propia que se creará para el programa BFA, y que tendrán el siguiente
contenido mínimo:
– Requisitos para poder participar en la convocatoria y forma de acreditarlos,
respetando en todo caso los mínimos recogidos en la cláusula quinta.
– Criterios objetivos de selección.
– Procedimiento de selección.
– Plazo y forma de presentación de solicitudes.
– Medio de notificación y comunicación con los participantes.
– Causas de exclusión.
– Compromisos derivados de la participación.
– Protocolo de expulsión.
Quinta.

Condiciones básicas de los proyectos participantes.

– Equipo: Dos miembros del equipo como mínimo deben estar dedicados 100 % al
proyecto, valorándose el grado de compromiso, competencias y habilidades. Todos los
participantes en un proyecto deben estar identificados y debidamente registrados en la
web del Programa BFA, gestionada por CEAGA.
– Proyecto: Innovador, acelerable y escalable.
– Podrán presentar solicitud para participar en la fase de aceleración del Programa
BFA proyectos sin constituir. En el caso de ser seleccionados, deberán proceder a su
constitución formal antes de iniciar el proceso de aceleración.
– Los proyectos podrán estar formulados por empresas ya constituidas siempre que
no superen la antigüedad máxima de cinco años (60 meses) para optar a participar en la
fase de aceleración en el momento de la presentación de la candidatura. Para la fase de
consolidación deberán estar constituidos formalmente como empresa con una
antigüedad máxima de siete años (84 meses) desde el momento de presentación de la
solicitud. Las empresas participantes asumen el compromiso de tener el centro principal
de actividad y su domicilio fiscal y social en Galicia.
– Disponer, si procede, de la propiedad intelectual de la idea/proyecto presentado, o
disponer de los permisos correspondientes para su uso.

cve: BOE-A-2023-7118
Verificable en https://www.boe.es

Podrán participar en el Programa BFA aquellos proyectos que así lo soliciten y
cumplan los siguientes criterios mínimos de elegibilidad: