III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-7118)
Resolución de 15 de marzo de 2023, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica el III Convenio con el Instituto Galego de Promoción Económica, Axencia Galega de Innovación, Sociedad Gestora de Entidades de Inversión de Tipo Cerrado, SAU, Vigo Activo Sociedad de Capital Riesgo, SA, S.M.E., Fundación Clúster de Empresas de Automoción de Galicia y Stellantis España, SL, para continuidad del Foco de Emprendimiento en el sector de la automoción y movilidad en Galicia y la realización de las ediciones 7.ª, 8.ª y 9.ª.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66

Sábado 18 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 41100

(BFA), puesto en marcha en el año 2016, y, a tal efecto, los aquí comparecientes
suscriben el presente convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente convenio tiene por objeto crear las condiciones idóneas para la
continuidad y el desarrollo del Foco de Emprendimiento puesto en marcha en el
año 2016, centro de referencia bajo la denominación Business Factory Auto (BFA), de
manera que se consoliden y mejoren los programas de apoyo a iniciativas de
emprendimiento y consolidación de proyectos especializados en automoción y movilidad
y su transformación en empresas innovadoras, viables y escalables, que atraigan y
retengan talento, que contribuyan a fortalecer el posicionamiento del sector y a
incrementar su proyección internacional.
Con la visión de convertir el Programa BFA en el referente en la Unión Europea en
cuanto a la promoción de la innovación abierta y disruptiva en el sector auto y de
movilidad, se contempla la integración de los agentes necesarios para consolidar un
ecosistema de innovación auto en Galicia, que pondrán en común los siguientes
recursos:
a) Recursos humanos y económico-financieros.
b) Espacio físico vinculado al sector con equipamientos acomodados a las acciones
a desarrollar.
c) Equipamiento tecnológico.
d) Recursos de conocimiento: Tutorización, mentorizacion, tech-meetings.
e) Recursos de Centros Tecnológicos: Laboratorios y otros medios de análisis y
validación.
f) Servicios de soporte: Asesoría, tutorías, mentores,...
g) International partners: Mentorizacion y tech-meetings y captación.
h) Leader companies: Involucradas para facilitar acceso a mercados, validación de
propuesta de valor y modelo de negocio, empresas tractoras, visitas para conocer su
funcionamiento.
Segunda.

Planificación del Programa BFA.

El Programa BFA se desarrollará en torno a convocatorias de carácter anual,
contemplándose en el presente convenio la realización de tres ediciones, de la 7.ª a 9.ª,
ambas inclusive, (2023-2024, 2024-2025 y 2025-2026). Cada edición consta de cuatro
fases, cuyo desarrollo se describe en la cláusula tercera:
1. Convocatoria.
2. Selección.
3. Aceleración.
4. Consolidación.

Según se indica en la cláusula segunda, cada convocatoria del Programa BFA consta
de cuatro fases, que se desarrollarán como sigue:
1. Fase. Convocatoria: A propuesta del Equipo Gestor, y tras la aprobación por el
Comité Ejecutivo, se realizará una convocatoria pública a través de la página web propia
del Programa BFA y en otros medios como redes sociales, radio, etc. Los solicitantes
formalizarán su solicitud de participación y aportarán la información respecto de sus
proyectos que se indique en las bases de la convocatoria. Todos los entes firmantes

cve: BOE-A-2023-7118
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Desarrollo del Programa BFA.