V. Anuncios. - C. Anuncios particulares. ANUNCIOS PARTICULARES. (BOE-B-2023-7747)
SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SISTEMAS DE PAGO, S.A. (IBERPAY).
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 17 de marzo de 2023

Sec. V-C. Pág. 12152

"Operación": Toda transacción que suponga una orden de transferencia de
fondos, información y/o documentación complementaria sobre la misma, así como
cualquier otro intercambio de información no contable, admitida por el SNCE,
presentada o recibida por una Entidad Participante.
"Participante Directo": Aquella entidad de crédito miembro del SNCE que
participa en un Subsistema presentando y recibiendo siempre por sí misma
Operaciones y, en su caso, en nombre y por cuenta de una o más Entidades
Representadas con las que así lo haya acordado, asumiendo en cualquier caso las
obligaciones de pago derivadas de la Liquidación, tanto de sus propias
Operaciones como de las correspondientes a sus Entidades Representadas
incluyendo las obligaciones de provisión previa de fondos para aquellas
Operaciones que así lo requieran así como las obligaciones de garantía referidas
en el artículo 21 siguiente. El Banco de España también podrá ser Participante
Directo.
"Real Decreto-ley 19/2018": Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de
servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
"SNCE": Acrónimo de "Sistema Nacional de Compensación Electrónica",
sistema de pagos nacional creado por el Real Decreto 1369/1987, de 18 de
septiembre, y definido en el artículo 1 de este reglamento.
"Sociedad Española de Sistemas de Pago, S.A." o "Iberpay": Es la sociedad
anónima que, por disposición del artículo 17.1 de la Ley 41/1999, asume la gestión
del SNCE.
"Subsistema": Cada uno de los procedimientos de Intercambio, Compensación
y Liquidación de Operaciones referido a un tipo de instrumento de pago o de
información procesados en el SNCE.
"Subsistema de transferencias SEPA inmediatas": Subsistema del SNCE a
través del cual se envían y reciben órdenes de transferencias SEPA individuales
en tiempo real adaptadas al estándar definido por el EPC y cuyos importes se
abonan al beneficiario de forma inmediata.
"TARGET": Es el sistema automatizado transeuropeo de transferencia urgente
para la liquidación bruta en tiempo real de nueva generación.
"TIPS": Es el servicio de liquidación de pagos inmediatos de TARGET.
Los términos utilizados en el presente reglamento que no se encuentren
definidos en el mismo deberán ser interpretados de conformidad con las
definiciones contenidas en la normativa española y europea aplicable en cada
momento.
Artículo 1. DEFINICIÓN GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE
COMPENSACIÓN ELECTRÓNICA
1. El Sistema Nacional de Compensación Electrónica, de acuerdo con lo
indicado en el Real Decreto 1369/1987, de 18 de septiembre, es el marco general
de actuación a través del cual se llevan a cabo, mediante sistemas y
procedimientos electrónicos, el Intercambio, la Compensación y Liquidación de
Operaciones, según el esquema operativo y funcional descrito en este reglamento.
2. El SNCE es un sistema de pagos reconocido a los efectos de la Ley 41/

cve: BOE-B-2023-7747
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 65