III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-7049)
Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universitat Politècnica de València, para el desarrollo de programas de máster universitario, prácticas académicas externas y trabajos fin de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 65

Viernes 17 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 40645

g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna del ICU del CSIC
y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante la realización de sus
prácticas, y por un periodo de tres años, finalizadas éstas. En todo caso, si durante la
realización de las prácticas y/o TFM surgiera algún resultado susceptible de protección,
el/la alumno/a deberá figurar como coautor/a de la invención, sin que ninguna de las
cláusulas de este convenio suponga la cesión o transmisión de cualquier derecho de
propiedad intelectual o industrial titularidad del CSIC.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del CSIC,
salvaguardando el buen nombre de la Universidad a la que pertenece.
i) Cualquier otro deber previsto en la normativa.
Quinta.

Solicitud y desarrollo de las prácticas.

1.º La Universidad, a efectos de poder incluir a los ICU del CSIC dentro de su oferta
de prácticas externas asociada a alguno de sus títulos, deberá solicitarlo mediante la
presentación al CSIC del Anexo I de este convenio, que se incorporarán al mismo, y que
será firmado por la persona competente en la Universidad.
Las solicitudes se presentarán en el ICU del CSIC seleccionado por la Universidad
para desarrollar las prácticas y serán aprobadas, en su caso, por la dirección de éste
mediante su firma en el propio Anexo I de solicitud.
La dirección del ICU del CSIC aprobará cada solicitud de prácticas atendiendo a las
necesidades del servicio de su ICU y a las posibilidades de acogida y tutoría de las que
en ese momento disponga.
2.º Posteriormente la Universidad, conforme a las condiciones establecidas en el
artículo 17 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, procederá a difundir y adjudicar
entre sus estudiantes las prácticas, teniendo en cuenta los criterios objetivos
previamente fijados y garantizando, en todo caso, los principios de transparencia,
publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades.
3.º Una vez adjudicadas las plazas de prácticas, la Universidad presentará en los
ICU del CSIC donde previamente se haya aprobado el desarrollo de las mismas la
relación del alumnado que las realizará, con un mes de antelación al inicio de éstas. Esta
relación se recogerá en el Anexo II de este convenio, y será firmada por la persona
responsable de prácticas de la Universidad y por la dirección del ICU del CSIC.
4.º Los detalles concretos del proyecto formativo de las prácticas se recogerán en
el Anexo III de este convenio, y será firmado por las personas que ejerzan como tutoras
tanto de la Universidad como del ICU del CSIC donde se vayan a desarrollar las
prácticas. Asimismo, será firmado por el/la alumno/a.
5.º Los ICU del CSIC comunicarán y/o registrarán los anexos previstos en los
apartados anteriores, una vez firmados, en los sistemas de la Organización Central del
CSIC en la forma que se determine internamente.
Tendrán la misma consideración y efectos de los anexos incluidos en este convenio,
los formularios físicos o electrónicos de la Universidad dirigidos al mismo fin, siempre
que cumplan con los requisitos previstos en este convenio, debiendo quedar, en todo
caso, a disposición del CSIC.
Sexta. Obligaciones de las partes.
1.

Obligaciones del CSIC:

a) Facilitará al alumnado la realización de sus exámenes y, salvo por causa
debidamente justificada y comunicada previamente a la Universidad, no cancelará el
proyecto formativo correspondiente.

cve: BOE-A-2023-7049
Verificable en https://www.boe.es

La petición y realización por estudiantes de la Universidad de prácticas externas,
curriculares o extracurriculares, en el CSIC se tramitará siempre a través de los servicios
competentes de dicha Universidad, mediante el cumplimiento del siguiente
procedimiento: