II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-6931)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 16 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 38965

5.3 En el caso de que exista algún motivo de abstención o recusación será de
aplicación lo dispuesto en los artículos 22 y 23 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de
Régimen Jurídico del Sector Público
En los casos de abstención, recusación o de cualquier otra causa que impida la
actuación de los miembros de la comisión titular, estos serán sustituidos por sus
respectivos suplentes.
En el caso de que también en el miembro suplente concurriera alguno de los
supuestos de abstención o recusación lo suplirá el de mayor categoría y antigüedad
entre los suplentes. Si agotadas estas posibilidades no fuera posible constituir la
comisión, se procederá al nombramiento de una nueva comisión.
5.4 La comisión deberá constituirse en el plazo de treinta días hábiles desde el
siguiente al de la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos. Para ello, el
Presidente titular de la comisión convocará a los miembros titulares y en su caso a los
suplentes para proceder al acto de constitución de la comisión, fijando fecha y lugar de
celebración. Asimismo, el Presidente de la comisión dictará resolución convocando a
todos los candidatos admitidos para realizar el acto de presentación, con señalamiento
de día, hora y lugar de celebración, que habrá de ser inmediatamente posterior al de
constitución de la comisión.
Transcurrido el plazo previsto sin que se haya constituido la comisión, el Presidente
Titular quedará sustituido a todos los efectos por el Presidente Suplente.
Ambas resoluciones habrán de ser notificadas a sus destinatarios con una antelación
de diez días hábiles, respecto de la fecha del acto para el que son convocados.
5.5 La comisión tomará sus acuerdos por mayoría, por lo que la propuesta de
provisión de plaza requiere, al menos, dos votos favorables.
6.

Prueba

6.1 El procedimiento que regirá los concursos será público y deberá permitir
valorar, en todo caso, el historial académico, docente e investigador del candidato, su
proyecto docente e investigador, así como contrastar sus capacidades para la exposición
y el debate ante la comisión en la correspondiente materia o especialidad en sesión
pública.
6.2 Los aspirantes tendrán derecho a acceder a la documentación presentada por
el resto de los candidatos y los informes o valoraciones efectuadas por los miembros de
la comisión.
6.3 Acto de Presentación: será público. Los concursantes entregarán la siguiente
documentación:
a) Curriculum vitae, por triplicado, en el que el concursante detallará su historial
académico, docente e investigador, así como un ejemplar de las publicaciones y los
documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.
b) Proyecto Docente e Investigador, por triplicado, que el concursante se propone
desarrollar en el caso de que se le adjudique la plaza a la que concursa.
En dicho acto la Comisión procederá a fijar y hacer público los criterios específicos
para la valoración del concurso, que deberán referirse, en todo caso, al historial
académico, docente e investigador del aspirante, su proyecto docente e investigador, así
como permitir contrastar sus capacidades para la exposición y debate en la
correspondiente materia o especialidad en sesión pública. Entre los criterios para la
resolución del concurso deberán figurar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 110 de los
Estatutos de la Universidad de Cádiz, la calidad docente e investigadora de los
candidatos, la calidad de sus trabajos y su adaptación al tipo de tareas que deban
realizar. De estas circunstancias se dará publicidad para conocimiento de los candidatos.
Asimismo, se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de los
concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de la prueba.

cve: BOE-A-2023-6931
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Núm. 64