III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. (BOE-A-2023-6934)
Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se resuelven solicitudes de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia, sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial y del Derecho propio de determinadas Comunidades Autónomas, a efectos de concursos de traslados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Jueves 16 de marzo de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
6934

Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Secretaría General para la
Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, por la que se resuelven
solicitudes de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia, sobre
reconocimiento del mérito preferente del conocimiento oral y escrito de la
lengua oficial y del Derecho propio de determinadas Comunidades
Autónomas, a efectos de concursos de traslados.

La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, dispone en el artículo 450.4
que en aquellas comunidades autónomas que gocen de derecho civil, foral o especial, y
de idioma oficial propios, el conocimiento de los mismos se valorará como mérito. Y el
artículo 109 del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales establece que en la
resolución de los concursos para la provisión de destinos en territorio de las
Comunidades Autónomas cuyos Estatutos de Autonomía reconocen la oficialidad de una
lengua propia distinta del castellano y de las que poseen Derecho propio se tendrá en
cuenta el reconocimiento de méritos por la acreditación de dichos conocimientos y
establece el procedimiento y la forma de valoración de los mismos.
Esta Secretaría General de conformidad con lo dispuesto en las referidas normas, ha
resuelto:
Primero.
Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del
Cuerpo de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia en las que interesan se
les reconozca el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de
determinadas comunidades autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos
efectos de concursos de traslados de una puntuación máxima equivalente a tres años de
antigüedad, según el nivel de conocimiento, valorándose de la siguiente manera:
Nivel elemental: un año.
Nivel medio: dos años.
Nivel superior: tres años.
Segundo.
Aprobar las propuestas en relación con las solicitudes presentadas por miembros del
Cuerpo de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia en las que interesan se
les reconozca el mérito del conocimiento del Derecho propio de determinadas
comunidades autónomas, lo que supondrá un reconocimiento a los solos efectos de
concursos de traslados de una puntación equivalente a un año de antigüedad.

Notificar el texto íntegro de la Resolución a las personas interesadas publicando en
el «Boletín Oficial del Estado» las relaciones de las/los solicitantes a los cuales les ha
sido reconocido el mérito del conocimiento oral y escrito de la lengua propia de
determinadas comunidades autónomas (anexo I) y/o el mérito del conocimiento del
Derecho propio de determinadas comunidades autónomas (anexo II).

cve: BOE-A-2023-6934
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.