II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2023-6907)
Resolución 400/38094/2023, de 8 de marzo, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo, para la estabilización de empleo temporal de larga duración, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Enfermero/a en la Red Hospitalaria de la Defensa, convocado por Resolución 400/38494/2022, de 21 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Jueves 16 de marzo de 2023

Sec. II.B. Pág. 38865

Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no aleguen la omisión,
justificando su derecho a ser incluidas en la relación de admitidas, serán definitivamente
excluidas de la participación en el proceso selectivo.
Concluido el plazo señalado, se harán públicas las listas definitivas de personas
aspirantes admitidas y excluidas, que se expondrá en los mismos centros que se indican
en el apartado primero de esta resolución.
Madrid, 8 de marzo de 2023.–La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos
Tejada.
ANEXO I
Listado provisional de personas excluidas al proceso selectivo
para la estabilización de empleo temporal de larga duración, para el acceso
a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Enfermero/a
en la Red Hospitalaria de la Defensa, publicada Resolución 400/38494/2022,
de 21 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 24 de diciembre)
Enfermero/a
NIF

Nombre

Primer apellido

Segundo apellido

Autobaremo

Motivo exclusión

100,000

2

***4214**

MARIA.

ARJONA.

BALLESTEROS.

***8909**

SOFIA MARTA.

CARCEDO.

ALONSO.

3

***0786**

TERESA.

GOMEZ.

SERRANO.

1

***8303**

TERESA DEL CARMEN.

RIQUELME.

SANCHEZ.

1

***5990**

RAQUEL.

VELASCO.

TEJADO.

48,902

2

Causas de exclusión:

cve: BOE-A-2023-6907
Verificable en https://www.boe.es

1. No acredita rentas mensuales inferiores al SMI.
2. No acreditar la condición de familia numerosa general.
3. No acreditar la condición de familia numerosa especial.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X