III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-6941)
Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Real Academia Española, para interconectar la edición electrónica del "Diccionario panhispánico del español jurídico" de la Academia, las bases de datos de legislación de la Agencia y la bases de datos de legislación de los países Iberoamericanos, a través del Identificador Europeo de Legislación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 64

Jueves 16 de marzo de 2023

Sec. III. Pág. 39034

Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la
presente prórroga y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que con fecha 7 de marzo de 2019 las partes suscribieron un convenio para
interconectar la edición electrónica del «Diccionario panhispánico del español jurídico» de la
Academia, las bases de datos de legislación de la Agencia y las bases de datos de
legislación de los países iberoamericanos, a través del Identificador Europeo de Legislación.
Segundo.
Que de conformidad con la cláusula quinta del citado convenio, este adquirió eficacia
mediante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» número 68, de 20 de marzo
de 2019, habiéndose inscrito previamente en el Registro Electrónico Estatal de órganos
e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, el 11 de marzo de 2019.
Tercero.
Que la citada cláusula quinta establece una duración del convenio de cuatro años,
así como que antes de su finalización, las partes podrán acordar unánimemente su
prórroga expresa, por un periodo de hasta cuatro años adicionales.
Cuarto.
Que el objetivo de interconexión previsto en el convenio sigue estando vigente y que
resulta necesario seguir desarrollando los trabajos para que dicha interconexión alcance
las bases de datos de legislación de todos los países iberoamericanos, se consolide y se
mantenga permanentemente actualizada.
Quinto.
Que de acuerdo con su cláusula octava, el convenio podrá ser modificado por el
acuerdo unánime de los firmantes.
Sexto.

Por todo lo expuesto, ambas partes manifiestan su voluntad de firmar la presente
Adenda de prórroga y modificación del Convenio (en adelante la Adenda) con arreglo a
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Prórroga del convenio.

Las partes firmantes acuerdan prorrogar el convenio identificado en el expositivo
primero, por un periodo adicional de cuatro años.

cve: BOE-A-2023-6941
Verificable en https://www.boe.es

Que dado que entre los objetivos del «Diccionario panhispánico del español jurídico»
está el de servir de apoyo a las tareas legislativas, se considera conveniente modificar el
convenio, para que los usuarios de la Administración General del Estado que consulten
las bases de datos de la AEBOE utilizando la herramienta de edición de textos
normativos proporcionada por el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes
y Memoria Democrática, también puedan acceder a la edición electrónica del
«Diccionario panhispánico del español jurídico» sin necesidad de realizar una búsqueda
específica en la página web de la RAE.